El STJ rechazó el recurso que la defensa de la jefa comunal había presentado para apelar el fallo que avala el juicio político por el cual fue destituida.
EL DATO
De concretarse el plebiscito en Santa Ana, sería la primera vez que se aplica en territorio correntino para definir la continuidad de un funcionario.
Días atrás el Superior Tribunal de Justicia (STJ) emitió una resolución en respuesta al recurso que habían interpuesto los abogados de la intendenta de Santa Ana, Ana María Escalante, para apelar el fallo que ratificó el proceso por el cual fue destituida por el Concejo. En el escrito, además de dejar firme la decisión judicial, los magistrados solicitaron a los ediles que determinen una fecha para la consulta popular. Este es el último paso -vinculante y obligatorio- que establece la Constitución Provincial para determinar si un funcionario será destituido o no.
El STJ ya había avalado con un fallo el juicio político realizado por el Concejo Deliberante que resolvió destituir a la Intendenta. No obstante, su defensa apeló esa decisión judicial. Sin embargo, el pedido fue rechazado por la Justicia a fines de agosto, por lo cual la única vía que tenía la jefa comunal para evitar la consulta popular, en la que se define su continuidad, era acudir a la Corte Suprema.
Pero el estudio jurídico que está a cargo de la defensa de la Intendenta optó por realizar otra nueva presentación ante el STJ. “Interpusimos un recurso in extremis ante el Superior Tribunal de Justicia a fin de que reconsidere su rechazo al recurso extraordinario que habíamos presentado. La otra parte seguramente será notificada de esta presentación en el transcurso de esta semana”, habían manifestado a mediados de septiembre los abogados de Escalante en diálogo con El Litoral. Y en ese marco habían estimado que “la respuesta podría demandar un mes aproximadamente”, por lo cual aclararon que “hasta que no esté firme el fallo del STJ, no pueden hacer el llamado a plebiscito”.
Precisamente esto último había sucedido hace pocos días, más precisamente en la primera semana de noviembre. “El Superior Tribunal de Justicia volvió a rechazar el recurso que presentó la defensa de Escalante y ahora ya no les queda más instancias de apelación. En la resolución que emitieron no sólo dicen que queda firme el fallo que avala el proceso por el cual fue destituida la Intendenta sino que además ordenan al Concejo Deliberante a que fije fecha para el plebiscito”, dijeron ayer fuentes cercanas a la causa judicial al ser consultadas por El Litoral.
En tanto que sobre cómo son los pasos a seguir, indicaron que “los concejales deberán definir una fecha y notificarla al Superior Tribunal de Justicia, quien a su vez lo comunicará a la Junta Electoral Permanente para que se concreten las tareas necesarias para el desarrollo de los comicios”.
Con respecto a esto aclararon que “no es que el Concejo define si se hace o no la consulta popular, porque eso es algo que ya está determinado en el artículo 224 de la Constitución Provincial, sino que sólo debe fijar la fecha en que se hará: o sea el día en que los pobladores con su voto definirán si Escalante será destituida o continuará al frente del Municipio de Santa Ana”.
Precisamente la convocatoria para la votación que, de acuerdo a los plazos legales, no debería exceder la primera semana de di-ciembre, sería uno de los temas centrales de la sesión del miércoles venidero.
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