Sanciones por no sufragar

Según el Código Electoral Nacional, la no emisión del voto sin justificación ante el juez del distrito acarrea diversas sanciones, entre las que se encuentran multas de 50 a 500 pesos o inhabilitación para ser designados en cargos públicos, durante tres años a partir de la elección.
El Código Electoral Nacional prescribe que la falta de pago de la multa inhabilita al infractor para realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales, nacionales, provinciales y/o municipales; siendo que este plazo comienza a correr a partir de los 60 días de la elección.

En este sentido, el doctor Daniel Nicol instó a los santiagueños a concurrir a las urnas de manera que se “afiance la democracia”, por lo cual “están convocados todos los ciudadanos afiliados y no afiliados a concurrir a votar para la elección de los precandidatos a presidente, vicepresidente y diputados titulares y suplentes de nuestro distrito, que luego serán candidatos el 23 de octubre en las elecciones nacionales”, culminó el profesional en diálogo con el Multimedio.

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