Según el Código Electoral Nacional, la no emisión del voto sin justificación ante el juez del distrito acarrea diversas sanciones, entre las que se encuentran multas de 50 a 500 pesos o inhabilitación para ser designados en cargos públicos, durante tres años a partir de la elección.
El Código Electoral Nacional prescribe que la falta de pago de la multa inhabilita al infractor para realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales, nacionales, provinciales y/o municipales; siendo que este plazo comienza a correr a partir de los 60 días de la elección.
En este sentido, el doctor Daniel Nicol instó a los santiagueños a concurrir a las urnas de manera que se “afiance la democracia”, por lo cual “están convocados todos los ciudadanos afiliados y no afiliados a concurrir a votar para la elección de los precandidatos a presidente, vicepresidente y diputados titulares y suplentes de nuestro distrito, que luego serán candidatos el 23 de octubre en las elecciones nacionales”, culminó el profesional en diálogo con el Multimedio.
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