Sancionaron ley para la explotación sustentable del recurso forestal en toda la provincia

El proyecto fue aprobado por unanimidad. Establece zonas de bosques de Tierra del Fuego donde se prohibirá todo tipo de explotación. Se brindará apoyo financiero para que los pequeños productores eviten la depredación del recurso. Habrá un consejo consultivo que brindará una actualización de los sectores de explotación, cada cinco años.
USHUAIA.- Por unanimidad, la Legislatura sancionó la adhesión a la Ley Nacional 26.331, que establece el ordenamiento de bosques nativos y por el cual se pone en vigencia un mecanismo de control de la explotación de ese recurso natural, de manera que sea sustentable y se eviten actividades de depredación.

El proyecto aprobado establece pautas del manejo del recurso forestal, en base a un mapa que determina sectores donde estará prohibida la explotación de los bosques y para ello, se podrá acceder a fondos nacionales para evitar cualquier actividad en ese sentido.

Para evaluar la explotación forestal, se pondrá en marcha una «Comisión Consultiva de Bosque Nativo» (CCBN), que contará con 20 miembros que tendrán voz y voto para hacer un análisis del sector cada cinco años y presentar un trabajo sobre el ordenamiento de los bosques nativos.

Con la ley vigente, se pondrán en marcha «planes de manejo que oportunamente presenten los distintos poderes públicos y los particulares interesados y propender al aprovechamiento ambientalmente racional y sustentable, conservación y defensa de los bosques nativos y sus ambientes relacionados».

Se establece que «ninguna persona física o jurídica, pública o privada, podrá realizar obras, desmontes, movimientos de suelo y ninguna otra intervención u aprovechamiento silvícola, pastoril y ningún otro uso extractivo sobre bosques nativos sin autorización de la autoridad de aplicación».

Otro punto a destacar, es que las municipalidades tendrán injerencia en los bosques que se ubiquen dentro de su jurisdicción y, en tal caso, deberán actualizar el ordenamiento de los mismos, de acuerdo a lo que indica la Ley Nacional 26.331, los que deberán ser aprobados por ordenanza.

«En caso de declarar el municipio o comuna imposibilidad para realizar dicho ordenamiento deberá realizarlo la autoridad de aplicación provincial», sostiene la ley sancionada.

Revisión y campaña informativa

Cada 5 años, como máximo, la autoridad de aplicación, en consulta con la Comisión Consultiva de Bosque Nativo, revisará el ordenamiento. La revisión será elevada a la Legislatura provincial para su aprobación.

El proyecto sancionado indica que le autoridad de aplicación elaborará, en coordinación con el Ministerio de Educación, contenidos curriculares relacionados al bosque nativo y su conservación, e instrumentos didácticos específicos para su inclusión en todos los niveles de la educación formal obligatoria.

Se realizarán anualmente programas de sensibilización y difusión, por medios masivos de comunicación, destinados a concientizar a la ciudadanía respecto de la importancia del bosque nativo, la valoración de sus servicios ambientales y las recomendaciones para su conservación y utilización responsable.

Manejo de fuego

La ley sancionada obliga a elaborar e instrumentar anualmente un plan de manejo de fuego, para la prevención, detección temprana y lucha contra incendios forestales, para lo cual realizara proyectos que se pondrán a consideración de la Comisión Consultiva de Bosques Nativos (CCBN).

El plan trazado será financiado con los fondos provenientes de la Ley Nacional 26.331 con los fines de adecuación y disponibilidad de recursos técnicos, humanos, operativos y logísticos necesarios a tal fin.

En el caso de actividades desarrolladas por pequeños productores, la autoridad de aplicación deberá implementar programas de asistencia técnica y financiera, a efectos de propender a la sustentabilidad de las mismas.

INTEGRANTES DE LA COMISION

La Comisión Consultiva de Bosque Nativo (CCBN), estará compuesta por 20 miembros, a saber:

La máxima autoridad del área del Poder Ejecutivo en cuya órbita se encuentre la Dirección de Bosques; el Director General de Bosques; un representante de la cámara del sector maderero de transformación primaria y otro de transformación secundaria; un representante de las cooperativas del sector maderero de transformación primaria y otro de transformación secundaria.

También la conformará un representante de la Asociación Rural de Tierra del Fuego; un representante del gremio de la madera; un profesional en materia forestal; dos legisladores; un representante de las organizaciones de sociedad civil relacionado con el bosque; un representante por las instituciones de investigación sobre la materia; un representante de las cámaras empresaria del turismo; la máxima autoridad del Poder Ejecutivo en materia de actividad turística.

También se sumará un representante de cada uno de los municipios y comuna que hayan completado el ordenamiento de los bosques bajo su jurisdicción; un representante de la Universidad Nacional de Tierra del Fuego y un miembro del CADIC.

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