El Gobierno retirará la publicidad oficial a quienes sigan publicando avisos con oferta sexual.
Neuquén > El incumplimiento del decreto presidencial que prohíbe la difusión de avisos de oferta de sexo y de solicitud de personas destinadas al comercio sexual será penado con la suspensión de la publicidad oficial en los medios que los publiquen, resolvió la Secretaría de Comunicación Pública del gobierno nacional, de acuerdo con la reglamentación publicada el lunes en el Boletín Oficial.
La norma alcanzará a “quienes produzcan, distribuyan, emitan o de cualquier forma obtengan beneficios por la transmisión de programas y/o publicidad”, estableció la disposición.
La medida, que dependerá de las órdenes de la Oficina de Monitoreo de Publicación de Avisos de Oferta de Comercio Sexual, creada a partir del decreto 936/11, comprende la publicidad distribuida a través de la agencia Télam SE, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) y las empresas que integran el grupo Aerolíneas Argentinas.
La disposición se basa en el decreto que la presidenta Cristina Fernández de Kirchner anunció a comienzos del mes de julio y que prohíbe la publicación de publicidad relacionada con la oferta sexual, conocida como Rubro 59, con el objetivo de prevenir la trata de personas, erradicar la violencia contra las mujeres y promover la remoción de patrones socioculturales que sostengan la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre el sexo femenino.
Multas
La disposición de la Secretaría de Comunicación Pública se suma a la del Ministerio de Justicia, que estableció que las multas para quienes infrinjan el decreto serán de hasta 300 veces el precio de un aviso publicitario y el retiro de publicaciones de la vía pública para los medios gráficos que promuevan de forma reiterada la oferta sexual.

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