Ante la interrupción del servicio de Transporte Urbano de pasajeros, la secretaría de Gobierno de la municipalidad decidió instruir a la dirección de Transporte para que inicie las actuaciones y aplique la sanción correspondiente
Así lo prevén los artículos 61, 62 y siguientes del pliego de bases y condiciones. Además establecen que, por ser la primera interrupción del servicio, la sanción es equivalente al valor de 20 mil boletos planos para cada una de las empresas.
En tanto que, de continuar esta medida, los pliegos indican que la sanción puede crecer hasta llegar a ser de 80 mil boletos planos por cada firma.
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