Salta no adhiere a los protocolos nacionales de abortos no punibles

Hasta ahora, en el Ministerio de Salud pública de la provincia nadie vio resolución alguna que apunte al protocolo que se debe seguir en los hospitales públicos salteños ante la intervención médica en abortos no punibles. Según pudo averiguar Nuevo Diario, el hecho es que la provincia nunca adhirió a estos protocolos establecidos desde el Ministerio de Salud de la Nación, ni cuenta con protocolo alguno para seguir en los hospitales públicos.
Los médicos se guían por lo indicado en el artículo 86 del Código Penal, que establece cuáles son los abortos no punibles. Pero las guías protocolares establecen mayor claridad sobre los casos que se pueden evaluar como abortos no punibles.

Por ejemplo, en la guía publicada en la página del Ministerio de Salud de la Nación, se indica que el aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer no es punible: si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida de la mujer y si este peligro no puede ser evitado por otros medios. Si el embarazo proviene de una violación. Si el embarazo proviene de un atentado al pudor sobre mujer idiota o demente (términos que se encuentran incorporados en el artículo 86).

En la guía se sostiene además que "las mujeres que se encuentren en cualquiera de los supuestos enunciados, gozan del derecho de acceder a un aborto. El Hospital y médico tratante tienen la obligación legal de practicar la intervención, siempre que exista consentimiento informado de la mujer. No deben ni están obligados a requerir la intervención y/o la autorización judicial. La práctica del aborto no punible se realizará previa constatación por parte de un médico de la existencia de alguna de las causales".

Solo el INADI

En 2009, en el marco del Día Internacional de Acción por la Salud de la Mujer, fue la delegación salteña del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), la que envió recomendaciones al Hospital Público Materno Infantil y al Ministerio de Salud el protocolo.

Ya en ese momento, la titular del INADI en Salta, Verónica Spaventa, indicaba que "aunque no sea necesaria la reglamentación de los derechos de las mujeres…es imprescindible una reglamentación del procedimiento a seguir por los/as profesionales de la salud ante la mencionada obligación de garantizar tales derechos, es alentador que el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires haya reglamentado recientemente la práctica al emitir un Protocolo de Abortos no Punibles.

También lo es la reglamentación de atención post-aborto existe a nivel nacional". Ante ello, se consideró que "sería auspicioso que el resto de las jurisdicciones locales del país siguieran el ejemplo de la Provincia de Buenos Aires o adhirieran a la reglamentación vigente a nivel nacional", algo que finalmente, no sucedió.

Los números

Según pudo conocer Nuevo Diario, los números de los abortos en la provincia siguen sucediéndose año tras año. Las estadísticas señalan que en 2008, de 7968 partos, se registraron 2179 abortos, un 27%. En 2009, de 8.142 partos, hubo 2.531 abortos, lo que corresponde al 31% de casos.

No obstante, se indicó que se pudo bajar el número de muertes por aborto (Salta registraba cinco casos por año hasta 2007), a 2 muertes por aborto, de las 20 muertes maternas que se registraron el año pasado.

Comentá la nota