Las “saladitas” deberán pagar impuestos

Así lo definió la flamante ley que las regula en la provincia de Buenos Aires. Sólo podrán funcionar donde cuenten con todos los servicios. Deberán también reorganizar el espacio para cumplir con normas de seguridad y realizar contratos de alquiler para los puestos. Las que ya funcionan tendrán un plazo de “tres años” para adaptarse.
Las “ferias internadas, multipunto o cooperativas de comerciantes”, más conocidas como “saladitas”, deberán atenerse a un régimen impositivo y de habilitación para controlar la “competencia desleal” con los comercios que, hasta ahora, vendían los mismos productos pero con menos ganancias por tener que responder a los tributos estatales. Así lo definió una ley impulsada por el Ejecutivo bonaerense y las cámaras del sector que aprobó por unanimidad la Cámara de Diputados provincial. Además, en los distritos con menos de 50 mil habitantes no podrán haber nuevos emprendimientos de este tipo.

La medida fue promovida por la Federación Económica de la Provincia de Buenos Aires (FEBA) para “achicar las diferencias con los locales que pagan un alquiler elevado, ingresos brutos, ganancias, seguridad e higiene y tienen a sus empelados en blanco”, enfatizó Alberto Kahale, vicepresidente de la institución y responsable de la Cámara de Comercio e Industria de Lomas de Zamora a LA TERCERA. En ese partido se radica La Salada, modelo a seguir para las ferias que proliferaron en el Conurbano y que, como las demás que estén en funcionamiento, tendrán “un plazo de tres años para adaptarse” a lo que exige la norma.

Es que el documento, aprobado por unanimidad por los legisladores, determina que estos conjuntos de -como mínimo- seis locales dentro de un predio destinados a la venta por mayor o menor no se podrán instalar en zonas que no cuenten con los servicios públicos básicos o tengan menos de 50 mil habitantes. El titular del espacio será quién debe responder por los demás negociantes ante el fisco para garantizar que se cumplan los pagos impositivos, que, estimó el empresario, pueden ser menores que el de los instalados en los centros de los distritos por generarán un cambio en su funcionamiento. “Ahora entrás y no sabés quién te está atendiendo. En cambio, con la ley se deberán hacer contratos de alquiler y pagar lo equivalente a Ingresos Brutos y Seguridad e Higiene, o un monotributo”, estimó el lomense.

En el caso de las ferias que se hayan instalado durante el tiempo de evaluación del proyecto “deberán cerrar y adaptarse para volver a abrir”, aclaró Kahale, porque mientras se evaluaba en la provincia regía la orden de suspender la instalación de nuevas bocas de expendio por 180 días. La ley, cuya reglamentación aún está pendiente, también determina que los negocios dentro de los predios mayores deben tener como mínimo 6 metros cuadrados y un cambiador cada dos puestos. La superficie total de la ‘saladita’, deberá destinar “un 33 por ciento para el estacionamiento y otro 33 para pasillos”, importantes como vías de escape ante posibles accidentes. El resto, se destinará a los emprendedores.

El texto aclara que quedan prohibidas las ordenanzas de zonificación o de asignación de usos y destinos cuya finalidad sea la de posibilitar la radicación, habilitación, ampliación o fusión de los establecimientos. La media no afecta a las galerías comerciales ni las ferias que se declaren de interés municipal o sean complemento de algún espectáculo organizado por las comunas.

Para el representante de FEBA, la normativa también “es beneficiosa para los que trabajan en la feria porque nadie los va a perseguir. A la vez, como tendrán que pagar impuestos se va a achicar la brecha con los comercios”, enfatizó el representante, que catalogó a la medida como “un éxito”.

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