El PE aún no sabe si se fijarán pautas para practicar abortos

"No conozco bien el tema", dijo Alperovich

"No conozco bien el tema. Si hace falta o no protocolo, la verdad es que desconozco". Con esta frase el gobernador, José Alperovich, evitó sentar posición en torno del reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre los casos de abortos no punibles.

En septiembre pasado, Alperovich había sostenido su oposición a cualquier práctica de interrupción del embarazo. "¿Quién puede estar a favor del aborto? Nadie. Una persona que se hace un aborto tiene un sufrimiento de por vida; nadie tiene que estar a favor de esa práctica", había manifestado el titular del Poder Ejecutivo.

La polémica sobre el aborto se reflotó el 13 de marzo, día en que la Corte Suprema de la Nación dictó un fallo que ratificó que el aborto no es sancionable cuando es producto de una violación, a la vez que sostuvo que la interrupción del embarazo no está supeditada a un trámite judicial, al interpretar el artículo del Código Penal que menciona los casos en que esa práctica no es punible.

La sentencia exhortó a las provincias y a la Capital Federal a implementar protocolos hospitalarios para resolver esos casos. Sin embargo, la decisión ya fue rechazada por La Pampa y Mendoza.

En Salta, la situación fue confusa. El gobernador, Juan Manuel Urtubey, firmó el decreto 1170/12 mediante el que instruye a los ministros de Salud Pública y de Derechos Humanos a implementar las guías de procedimiento para que las víctimas de violación puedan acceder, de manera rápida y segura, al aborto no punible previsto en el fallo de la Corte. Las guías de procedimiento prevén que "la práctica del aborto no punible se considerará autorizada contra la presentación de la denuncia penal de violación o la declaración jurada, realizada con la asistencia del defensor oficial o de menores e incapaces". De esta manera, el mandatario rectificó su postura inicial, tras haber asegurado en un principio que en su provincia se exigiría una resolución judicial firmada por un juez para interrumpir el embarazo de mujeres víctimas de abuso sexual.

Aún restan definir algunos pasos precedentes a la práctica. Por ejemplo, cómo accederá la mujer a la declaración jurada que debe presentar para declarar que el embarazo fue producto de una violación. Por otra parte, la Corte determinó que los médicos podrán alegar objeción de conciencia para oponerse a practicar abortos.

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