El diputado provincial Darío Lucca se refiere en este caso al dispositivo instalado en el kilómetro 1357 de dicha vía neuquina.
Los sistemas impuestos de manera unilateral, intentan contra las normas de seguridad vial al ser un medio oculto y de manifiesta vocación recaudatoria, beneficiando en todos los casos a intereses privados que especulan con este tipo de sistemas; que contratan los municipios que se encuentran alejados de las acciones que desarrolla la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Hay que tener en cuenta que las fotomultas, para que tengan validez requiere de ciertos requisitos técnicos y legales, pues la aplicación de nueva tecnología en materia de transito vehicular no debe hacernos olvidar que la finalidad de las infracciones es principalmente preventivo y no meramente recaudativo.
La presencia del inspector es obligatoria en todos los casos, así como la notificación fehaciente en razón de que la norma jurídica se debe tomar de manera integral, no parcializada. Además la misa Ley 24.449 ordena según lo señala textualmente que e control lo debe hacer con inspectores municipales debidamente identificados, debiendo detener al conductor y redactar la respectiva acta de infracción.
El proceder incorrecto de esta comuna, avasalla los derechos constitucionales de cada ciudadano.
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