Romero repudia mediante un proyecto de declaración la censura a Longobardi

El Senador también repudia por desafortunadas las adjetivaciones de la Presidenta de la Nación en contra de dos periodistas de los diarios Clarín y la Nación

Juan Carlos Romero

Temas

JUAN CARLOS ROMERO MARCELO LONGOBARDI

SALTA.- Mediante la presentación de un proyecto de declaración, el Senador Nacional Dr. Juan Carlos Romero expresó su rechazo ante cualquier obstáculo al libre debate de ideas, de información y de opinión, en alusión al posible acto de censura que se registró en el canal de televisión C5N, durante la emisión del programa del periodista Marcelo Longobardi.

En el proyecto adjunto, Romero también repudia por desafortunadas las adjetivaciones de la Presidenta de la Nación en contra de dos periodistas de los diarios Clarín y la Nación.

El mencionado proyecto es acompañado por otros Senadores Nacionales, entre ellos la Senadora Sonia Escudero y la Senadora Liliana Negre de Alonso.

PROYECTO DE DECLARACION

El Senado de la Nación:

Rechaza y lamenta cualquier obstáculo al libre debate e intercambio de informaciones, ideas y opiniones que limitan la libertad de expresión y el efectivo desarrollo de los valores democráticos, tales como el que sufriera Marcelo Longobardi en su programa de C5N el día 13 de marzo del corriente año, cuya transmisión fuera suspendida abruptamente.

Señala que la censura vía presión o la autocensura aparta a los medios privados periodísticos del derecho y de la obligación de ejercer un periodismo independiente.

Asimismo, deplora los graves adjetivos de “antisemitas”, “macarthos” y “nazi” para con los periodistas Osvaldo Pepe y Carlos Pagni (Diarios Clarín y La Nación respectivamente), emanados de las desafortunadas expresiones de la Sra. Presidente de la Nación y vertidas en su discurso del lunes 12 del corriente mes y año, calificativos agraviantes para quienes ejercen el derecho reconocido por nuestra Constitución de expresar libremente sus ideas por la prensa.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

La Constitución Nacional, en su artículo 14, garantiza a todos los habitantes de la Nación gozar del derecho de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa. Asimismo, en su artículo 32 se estipula que no se dictarán leyes que restrinjan la libertad de imprenta.

La introducción del Derecho de Información como derecho humano en Argentina se realiza a través de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos (conocida como Pacto de San José de Costa Rica) aprobado por la ley 23.054 en marzo de 1984.

Este y otros Tratados internacionales relativos a los derechos humanos fueron incorporados con jerarquía constitucional a nuestra Constitución en 1994, pero no se reconocieron en beneficio del gobierno de turno, sino de toda la sociedad y de todos sus sectores, sean mayoritarios o minoritarios.

La función de la prensa gráfica y audiovisual es investigar, cuestionar, criticar e incomodar al poder. Siempre fue así, no sólo en nuestro país y ahora sino en todo el mundo y desde el mismo nacimiento de esta libertad, en EE.UU., Francia y Suecia, hace doscientos cincuenta años. No importa que detrás de los medios haya empresas o sectores, con sus intereses particulares. Aún cuando hubiese una sola persona que criticara al poder de turno – por más equivocada que estuviese -, también se le debe respetar la libertad de expresión.

Y todo porque la Constitución protege la preservación de un ámbito de total tolerancia.

Es por ello que este Senado rechaza y lamenta cualquier obstáculo al libre debate e intercambio de informaciones, ideas y opiniones que limitan la libertad de expresión y el efectivo desarrollo de los valores democráticos, tales como el que sufriera Marcelo Longobardi en su programa de C5N el día 13 de marzo del corriente año mientras entrevistaba al ex Jefe de Gabinete Alberto Fernández quien, entre otras cosas, criticaba a la Presidente por su dura respuesta a las columnas de Osvaldo Pepe y Carlos Pagni, periodistas de Clarín y La Nación, respectivamente. (Especial Prensa)

Comentá la nota