La concejala del PJ, Liliana Robledo, manifestó su disposición a que sea vetada la pirotecnia doméstica, concordando con la mayoría de votos de la gente que lo reflejó a través de la encuesta realizada por la página web de este diario. Agregó que estudia presentar un proyecto que prohíba el uso particular, especialmente de menores.
De esta forma, se inclinó por el sí en la encuesta que LA ARENA realizó en su versión digital, a través de la consigna ¿está de acuerdo con prohibir el uso particular de pirotecnia como se está haciendo en otras provincias? El relevamiento que concluyó con un 86 por ciento de votos a favor (1.546 lectores), 11 por ciento en contra (204) y un 3 por ciento de votos (57) que se declaraban indiferentes ante la cuestión.
La concejala justicialista manifestó que, con la intención de redactar el proyecto en contra del uso doméstico de estos artificios, pidió un informe al Ministerio de Bienestar Social, sobre la cantidad de víctimas que se ven afectadas para las fiestas y los daños que le provocan en su salud.
Antes que ella, también se había manifestado a favor de la prohibición el concejal del Frepam, Guillermo Di Liscia. "Estoy en contra de la pirotecnia, pero como en toda cuestión que implique modificar hábitos culturales debe regularse la adaptación a esos cambios" dijo el ex viceintendente.
La actual legislación, aprobada en 2010, no prohíbe la venta de pirotecnia, aunque establece algunos límites. En su parte inicial permite la comercialización de artificios específicos incluidos en la Ley Nacional de Armas y Explosivos, fija a la Dirección de Sanidad y Control de Actividades Económicas, y prohíbe la fabricación, tenencia, venta y/o uso de artificios pirotécnicos que no cuenten con el registro correspondiente en el Registro Nacional de Armas. Después clasifica a los comercios, establece las condiciones de almacenamiento y seguridad y determina las sanciones para los infractores.
La norma vigente dispone como obligatorio para la obtención o renovación de la correspondiente habilitación comercial, "la participación en cursos instructivos sobre la manipulación de artificios pirotécnicos". Además prevé que elñ Departamento Ejecutivo realice entre el 15 de noviembre y el 31 de diciembre de cada año "campañas de concientización en el uso responsable de pirotecnia, prevenciones y consecuencias del uso de la misma", dándole amplia cobertura en los medios de comunicación.
En otra parte la ordenanza 4259 determina que los artificios de venta libre son aquellos "de efecto visual y efecto audible" que tengan las pertinentes autorizaciones de comercialización por parte de los organismos de control nacional y que contengan la leyenda "Producto autorizado por el Renar", y establece que pueden venderse desde el primer minuto del 20 de diciembre hasta el último de cada 7 de enero.
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