Preocupación de Legisladores nacionales chubutenses / El Diputado Nacional Juan Mario País, acompañado por sus pares Manuel Morejón y Oscar Currilen presentaron un proyecto de Ley por el cual promueve un régimen jubilatorio especial para los trabajadores que presten servicios en la industrialización del pescado, subproductos de la pesca y que se desempeñan como operarios en las plantas de procesamiento y elaboración de pescado y todos sus derivados para que puedan jubilarse a los 55 años, sin distinción de sexo y con 25 años de aportes.
PEDIDO DE SINDICATOS DEL SECTOR
En la norma propuesta, se hacen eco de los pedidos de diversas organizaciones gremiales del sector, que dan cuenta de la necesidad de contemplar los riesgos propios de la actividad que derivan en múltiples enfermedades profesionales y riesgos, y en un envejecimiento prematuro producto de los rigores de la actividad, por lo que constituye una razón de estricta justicia social contemplar esta situación y establecer un régimen jubilatorio especial que contemple estas contingencias disvaliosas.
A fin de garantizar la adecuada financiación de este régimen especial, y al igual que en la industria de la construcción, el proyecto prevé el establecimiento de una contribución patronal adicional a la establecida en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), el que deberá ser cubierto por el empleador contemplado en la actividad.
Administrativos, supervisores
y directores exceptuados
Otro de los aspectos considerados por el Presidente de la Comisión de Pesca de la Cámara Baja, fue la exclusión en este beneficio de aquellos trabajadores administrativos, los de supervisión y dirección, y todos aquellos que, pese a la vinculación con la actividad no presten servicios en forma efectiva y directa en las instalaciones industriales en donde se desarrolla la actividad industrial de la pesca y que determina los mayores rigores que justifican el régimen especial, y da cuenta que la propia ley 24.241 prevé que existan estos regímenes cuando existieren razones objetivas para ello, como lo es en caso de los trabajadores de esta actividad industrial.
Ambito de
trabajo nocivo
Entre las consideraciones esgrimidas por el Diputado País, para el establecimiento de este régimen jubilatorio especial, se destaca que «está dado por el hecho que esta actividad, que involucra a miles de trabajadores y es de gran significación económica, implica un serio compromiso físico de los trabajadores, por las características de la actividad que desarrollan, lo cual debe ser merituado ya que en esta industria los operarios se exponen a las inclemencias del frío durante largos periodos, en ambientes viciados o con emanaciones de agentes químicos utilizados para mantenimiento de baja temperatura, almacenamiento, limpieza y con gran estrés físico. Todo ello tiene una consecuencia en términos de prematuro deterioro físico del trabajador, más allá de lo que correspondería a su edad cronológica», reflexionó el legislador comodorense.

Comentá la nota