La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal revocó esta tarde la libertad de un peligroso asesino y violador al considerar que, el juez de Ejecución hizo un cálculo erróneo al otorgar el beneficio de la condicional.
Según pudo saber en exclusiva LB24 este mediodía, los camaristas Gustavo Angel Barbieri y Pablo Hernán Soumoulou opinaron en su fallo que “el juez Claudio Brun -quien le otorgó la libertad a Zabala el mes pasado- ha errado en la forma de análisis del cómputo y el cumplimiento del requisito temporal, no encontrándose en condiciones el condenado de haber accedido al beneficio de la libertad condicional”.
“Una pena perpetua -agregaron los magistrados- permite la concesión del beneficio de la libertad condicional a los veinte años de privación de libertad. Y que transcurridos otros cinco años sin que el beneficio se revoque tal pena individual quedaría extinguida”.
Más adelante, se indica que “en relación al límite temporal de la pena de reclusión perpetua con la accesoria, su mínimo nunca podrá ser inferior a los treinta años años de detención, o sea, veinte años de cumplimiento efectivo más cinco años de libertad condicional, que en el caso de la accesoria también los cumpliría intra muros”.
“Y recién a partir del término antes señalado, treinta años, podría haberse evaluado la posibilidad de que Zabala obtuviera la libertad condicional”, sostienen los integrantes de la Sala I de la Cámara local.
Por último, la resolución señala que, “teniendo en cuenta el resultado arribado al tratar las cuestiones anteriores, corresponde revocar el fallo de primera instancia que concedió la libertad condicional solicitada en favor del penado Edgar Daniel Zabala”.
Fuentes judiciales consultadas por LB24, informaron que “si el defensor de Zabala apela la resolución al Tribunal de Casación, la detención no se hará efectiva. Es decir, que el delincuente seguirá libre hasta tanto el fallo adquiera firmeza”.
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