Revocan el fallo que había frenado el aborto no punible

Revocan el fallo que había frenado el aborto no punible
La sala segunda de la Cámara de Apelación Civil y Comercial de Santa Fe revocó el fallo del juez Carlos Alejandro Bermúdez, que ordenaba al Ejecutivo suspender, para los supuestos de violación o atentado al pudor...
La sala segunda de la Cámara de Apelación Civil y Comercial de Santa Fe revocó el fallo del juez Carlos Alejandro Bermúdez, que ordenaba al Ejecutivo suspender, para los supuestos de violación o atentado al pudor, la aplicación de la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos no Punibles, aprobada el 17 de abril de 2012. Así se lo comunicó ayer al fiscal de Estado, Pablo Saccone.

En tanto, la confirmación pública provino del ministro de Salud de la provincia, Miguel Angel Cappiello, a quien Saccone le dio a conocer telefónicamente la noticia. "Es un dato para celebrar porque implica una ratificación de que se debe respetar integralmente a las mujeres. La Cámara no falló a favor de la provincia, sino de todas las mujeres de esta provincia y de este país", le dijo Cappiello a La Capital.

Políticamente, hicieron otro tanto los diputados provinciales en la noche del jueves pasado al aprobar una declaración del socialista Eduardo Di Pollina que estableció que en la atención integral de los abortos no punibles no corresponde judicializar el acceso a los mismos.

La decisión de Bermúdez, juez de 1ª instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la cuarta nominación de Santa Fe, de hacer lugar a una medida cautelar presentada por del Partido Demócrata Cristiano (PDC) se conoció el 14 de octubre.

En esa oportunidad fue comunicada al Ejecutivo, pero trascendió en Córdoba donde ese partido la informó primero a la prensa para capitalizar políticamente el hecho de que el juez santafesino citara como caso similar el del Juzgado Civil y Comercial N° 30 de esa ciudad, que dispuso la suspensión de la guía a partir de una presentación de la asociación católica Portal de Belén.

El PDC ya había intentado un planteo similar con anterioridad en los tribunales de Rosario, pero sin suerte.

Contento, ayer Capiello contó que la cautelar de Bermúdez "no impidió que los hospitales santafesinos siguieran practicando abortos a las mujeres que víctimas de violación o en situación de riesgo así lo hubieren pedido, porque estos casos no sólo están contemplados por el Código Penal, sino que también fueron avalados por dos fallos de la Corte Suprema, que fue taxativa al decir que las mujeres en tales episodios no tienen que judicializar su situación. No necesitan ir a pedirle a un juez que las autorice a abortar sino que basta con su decisión personal".

El ministro también recordó que "los médicos saben cuándo hubo una violación y que, frente al aborto, una decisión tremenda, las mujeres no mienten. Pero nadie tiene que tomar la decisión por ella y eso debe respetarse más allá de las creencias".

Pese a que la suspensión de la aplicación del protocolo ordenada por Bermúdez no se llevó a cabo, la provincia igualmente apeló esa cautelar a través de una presentación del fiscal de Estado. Por esa razón fue notificado de lo resuelto por la Cámara.

El ministro recordó además las situaciones en las que está permitida la interrupción del embarazo: cuando corre peligro la vida de la mujer embarazada y cuando este embarazo es producto de una violación.

En este último caso, debe concurrir a un centro asistencial y allí tienen la obligación de realizarle la interrupción del embarazo, previa declaración jurada donde la involucrada denuncie la violación.

Creer

“La decisión de la Cámara revocando la cautelar del juez Bermúdez es un poco de aire fresco en Santa Fe cuando necesitábamos volver a creer en que la Justicia vive en Tribunales”, opinó ayer el constitucionalista Domingo Rondina. Dijo también que “revocada la cautelar, todavía sigue adelante el juicio de amparo planteado por los demócratas cristianos”.

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