La Justicia aceptó un recurso de casación del gremio, condenado a pagarle $206 mil a Caminos del Valle.
A partir de esta decisión, la última palabra la tendrá la Sala Civil del máximo tribunal de provincia, la cual integran los vocales Oscar Massei y Evaldo Moya.
El TSJ hizo lugar al planteo del gremio con el argumento de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en la causa Strada, resolvió que “el concreto planteamiento de una cuestión constitucional se torna pertinente, más allá de la observancia de los requisitos formales que habilitan el acceso a la casación, la apertura de tal vía”.
Condena
El gremio docente llegó a esta instancia luego de que la Cámara Civil lo condenara a pagarle 206 mil pesos a Caminos del Valle, la empresa que tiene la concesión del peaje entre Neuquén y Cipolletti sobre la Ruta Nacional 22. Esto, por un corte de diez días que impulsó en septiembre de 2003 y que para los camaristas le ocasionó pérdidas a la firma, además de daños materiales en las instalaciones.
En el recurso ante el TSJ, los abogados de ATEN remarcaron que “resulta importante separar la persona jurídica sindicato de la persona de sus afiliados”. En esta dirección plantearon que “el primero no responde por las acciones individuales de los segundos, salvo que aquellas se produzcan en el ejercicio regular de las funciones representativas o se pruebe que los afiliados actuaban por cuenta del sindicato o en cumplimiento de acuerdos o resoluciones adoptadas por sus órganos estatutarios”. Esto último, agregó, no se pudo probar.
También señalaron como “errónea la aplicación de la doctrina legal con respecto a la valoración de un lucro cesante”, que “no se acreditó”. Y puntualizaron que “la pericial contable producida no contiene documentación respaldatoria y que carece de fundamento científico contable al basarse en meras estimaciones”.
Asimismo, remarcaron que “se ha violado el derecho constitucional a convocar a medidas de fuerza, garantizado por el Artículo 14 bis de la Carta Magna de la República Argentina”. Sobre los daños materiales, sostuvieron que los que se consideraron probados “se encuentran todos en el asfalto de la Ruta Nacional 22 y en los puentes carreteros interjurisdiccionales, ambos de propiedad del Estado nacional”.
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