Retiraron el pliego de un vocal del TCM y dan acuerdo a dos vocales

El Concejo Deliberante fue convocado hoy a sesión extraordinaria para el acuerdo a los pliegos de dos vocales del Tribunal de Cuentas Municipal , enviados por el Ejecutivo Municipal.
Se trata de los abogados Nicolás Jovanovics, que renovarà su mandato como inrtegrante del órgano de contrrol municipal del abogado Sócrates Constantino Pautsakis Casasola, que ocupa actualmente la subsaecretaría de Asuntos Jurídicos de la secretarìa General de la Municipalidad.

Paputsakis reemplazará al contador Narciso Ramón Gallo, que a mediados de este año dejó su cargo tras el vencimiento del mandato.

Lo curioso es que el Ejecutivo Municipal envió al Concejo tres pliegos, los dos que se aprobarán hoy y un tercero, el del contador Sergio Gastón Moreno, profesional de ciencias económicas que se desempeñó en la Auditorìa General de la Provincia, por la UCR.

Sin embargo, tras una nota que el presidente del bloque de concejales del Frente Salteño Raúl Medina le envió al intendente, el pliego de Moreno fue retirado, situación que no fue informada oficialmente aunque su postulaciòn por el Ejecuti, consta en las publicaciones gràficas que se hicieron en las ùltimas dos semanas. La extensa nota al jefe comunal le recuerdan los deberes y atribuciones del Ejecutivo Municipal, la conformación del Tribunal de Cuentas y las atribuciones y competencias del del Concejo Deliberante de acuerdo al artículo 22 inciso v) de la Carta Orgánica Municipal, que es Prestar o negar acuerdo a los nombramientos propuestos por el Departamento Ejecutivo." Se le advierte entonces que todas las disposiciones legales aplicables al caso en forma pacífica, armónica y concordante establecen que los vocales miembros del Tribunal de Cuentas serán designados por el señor Intendente con acuerdo del Concejo Deliberante y que que la facultad de elegir o de proponer es propia del Intendente Municipal, estándole vedada la misma al Concejo, el cual solo debe limitarse a prestar o negar acuerdo a los nombramientos propuestos, sin posibilidad legal alguna de elegir o seleccionar a los funcionarios propuestos. En caso de prestar acuerdo a los tres candidatos propuestos, se produciría una gravísima situación institucional.

“En el fondo el acto solicitado por el DEM adolece de un grave vicio en la motivación, nunca pudo el Intendente motivar válidamente el nombramiento de tres miembros vocales cuando existían sólo dos vacantes”. Es un principio del derecho administrativo que para que un acto sea válido, debe ser física y jurídicamente posible. Está claro que es imposible designar tres miembros vocales para dos vacantes.

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