Rentas eximen impuestos provinciales por el desastre

Hasta el 31 de diciembre de este año se decidió eximir del pago de Rentas para todos los habitantes comprendidos dentro de la zona de desastre por la actividad del volcán establecida por la ley 4665, entre los paralelos 40º 30´ y 42º y los meridianos 67 y 71.
La Subsecretaría de Ingresos Públicos dispuso eximir hasta el 31 de diciembre del corriente año, el pago de todos los tributos administrados por la Dirección General de Renta para todos los sujetos comprendidos dentro de la zona de desastre establecida por la ley 4665.

La resolución del titular del área, Roberto Aníbal Gil, se enmarca en la declaración de zona de desastre adoptada por ley 4665, a partir de una decisión del Gobernador de la Provincia, Miguel Saiz.

En este sentido cabe recordar que el mandatario envió en las últimas horas del miércoles un proyecto de ley con Acuerdo General de Ministros al parlamento rionegrino que fue convertido en ley en la mañana de ayer y promulgado en forma inmediata, declarándose por el término de un año, zona de Desastre al cuadrilátero conformado por los paralelos 40º 30´ y 42º y los meridianos 67 y 71.

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