El delegado local del Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE), Antonio Maglietti, informó a los beneficiarios del Sistema de Prestaciones por Desempleo (SIPRED) que desde el miércoles 5 de octubre y hasta el 19 de octubre se encuentran disponibles los fondos para cobrar las cuotas correspondientes al mes de octubre de 2011.
Asimismo, Maglietti aclaró que “a través del SIPRED, el RENATRE otorga la protección ante el desempleo para todos los trabajadores que realicen actividades agrarias o afines en todo el territorio de la República Argentina ”, agregando que “el RENATRE otorga las prestaciones para la protección de los trabajadores desempleados, cuyas relaciones laborales se rigen por el Régimen Nacional de Trabajo Agrario Ley Nº22.248, la Ley de Contrato de Trabajo Por disposición de la Ley 23.808 y las Convenciones Colectivas de Trabajo y/o cuya relación laboral se haya regido por la Ley 20744 de Contrato de Trabajo respecto de aquellas tareas agrarias relacionadas principal o accesoriamente con la actividad agraria y afines.
Cómo acceder
al beneficio
Para acceder a este beneficio, “el trabajador rural desempleado debe concurrir a la Boca de Entrega y Recepción del RENATRE (B.E.R.), Agencia, Delegación Provincial o a la Gerencia de Prestaciones en sede central, completar el Formulario de Declaracion Jurada para el inicio del trámite de la Prestación por Desempleo Ley Nº 25.191-, agregar la documentación requerida y depositarlo en el buzón dispuesto a tal efecto (sin cargo alguno para el trabajador rural)”
Maglietti aclaró que “el trámite debe ser realizado dentro de los 90 días corridos contados a partir de la finalización de la relación laboral que diera origen a la situación legal de desempleo. Si se presenta después de los noventa días, el tiempo transcurrido se descontarán del total del período que corresponde a la prestación”
Añadiendo que “ la Cobertura esta conformada por una prestación económica, y la asistencia directa mediante acciones basadas en Prevención y mantenimiento de la salud del trabajador y su grupo familiar, capacitación, formación, perfeccionamiento y certificación de conocimientos laborales, provisión de medios que le faciliten la reinserción laboral y la promoción del desarrollo ocupacional.
Montos
El monto de la prestación es proporcional al salario percibido sobre el cual se han realizado las contribuciones al Registro.- Estableciéndose un monto mínimo de cuatrocientos pesos ($400) y un monto máximo de ochocientos pesos ($800).
Por otra parte, Maglietti dejo en claro que “no pueden acceder a esta prestación los trabajadores agrarios despedidos quienes tengan otro empleo en relación de dependencia, hayan sido despedidos con justa causa, hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador y perciban a través de una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) una prestación dineraria por accidente de trabajo o enfermedad profesional. (No existe incompatibilidad cuando el trabajador deja de percibir la prestación de la ART en razón de producirse el alta médica o la determinación por resolución de un grado de incapacidad permanente definitiva inferior al 66%).
También es impedimento para recibir esta prestación aquellos que perciban beneficios previsionales, prestaciones no contributivas o de cualquier otra naturaleza (excepto beneficiarios de Pensión Vitalicia Ex Combatientes del Atlántico Sur. Leyes Nº23.848 y Nº24.892).
Para mayor información los interesados deberán acercarse a oficina local del RENATRE sito en Dean Funes 728 en el horario de 7 a 15 hs o bien al teléfono 422144 de nuestra ciudad.
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