El juez Federal Marcos Bruno Quinteros resolvió remitir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación un amparo presentado por el presidente del Congreso del Acuerdo Republicano Federal, Walter Jorge Cardozo, en contra del Proyecto Carem, tras declararse “incompetente”. En el documento, y en su condición de vecino, Cardozo alegó que la instalación del reactor nuclear en territorio formoseño irá “en perjuicio al derecho a la vida y a la salud de argentinos, formoseños y ciudadanos sudamericanos, así como también a la vida silvestre, a la tierra y el ambiente”.
Al ser consultado, el juez Quinteros explicó que la remisión del amparo se determinó “en base a los estatutos que establecen en materia de competencia, que en la intervención de una provincia en un juicio de partes, la competencia derivada en forma original es la Corte Suprema. Nosotros lo remitimos para que sea ella la que intervenga y evalúe la competencia atribuida y dictaminará por la procedencia o no”.
La intervención de la Corte Suprema de Justicia está respaldada por la ley nacional 48, que organiza y determina la competencia de Tribunales Nacionales. La misma establece que “la Suprema Corte de Justicia Nacional conocerá en primera instancia de las causas que versan entre dos o más provincias, y las civiles que versen entre una provincia y algún vecino o vecinos de otra o ciudadanos o súbditos extranjeros”.
Comentá la nota