Con el objetivo de regular la organización y ordenamiento de la política habitacional en materia de planes de vivienda en la Provincia de Salta, el presidente de la Cámara de Diputados, Manuel Godoy presentó un proyecto de ley, que podría ser tratado en la sesión de mañana. ya que figura en el acta de labor parlamentaria.
En el proyecto se explicitan las obligaciones que tendrán los adjudicatarios, quienes indefectiblemente deberán ocupar la vivienda en forma efectiva, conjuntamente con el grupo familiar denunciado, dentro del plazo máximo de treinta días posteriores a su entrega.
El beneficiario no podrá transferir, ceder o arrendar por cualquier título, gratuito u oneroso, el inmueble adjudicado, salvo cancelación previa del precio convenido.
Obviamente se establece que deberá mantener al día el pago de impuestos, tasas y contribuciones ordinarias y extraordinarias, ya sean nacionales, provinciales o municipales que gravaren el inmueble.
También señala que deberán pagar en tiempo y forma el precio convenido, ya que se le quitará la vivienda si no abonó un máximo de cinco cuotas y se aclara que aquellos que hayan sido desadjudicados no podrán inscribirse nuevamente en otros planes de vivienda del Gobierno Provincial.
En el proyecto también se determinan los cupos que deberán existir cuando se lancen los planes de viviendas.
De esta manera siempre se deberá darles prioridad a personas discapacitadas o individuos que legalmente estén a cargo de personas en esa condición.
También se considerará a matrimonios, madres o padres con hijos, jubilados que acrediten fehacientemente carecer de propiedad alguna a su nombre en los últimos cinco años, personas inscriptas con más de diez años de antigüedad, matrimonios jóvenes y situaciones extraordinarias, cuya urgencia y necesidad sea declarada por el Poder Ejecutivo.
Los cupos se darán según la cantidad de viviendas que incluya el plan.
En caso de fallecimiento del titular, el heredero a cuyo favor se inscriba la vivienda asumirá los mismos derechos y obligaciones del ex titular.
En caso de separación o divorcio vincular de los cónyuges, estos deberán presentar la pertinente sentencia judicial y división de bienes, para determinar el cambio de titularidad y la consecuente responsabilidad de pago.
Premios
Por último se determina una serie de beneficios a aquellos titulares que se encuentren con la cuota al día, así por ejemplo participarán de en un sorteo semestral cuyo premio consistirá en la cancelación del costo de la vivienda.
Asimismo aquellos adjudicatarios que se encuentren al día al 30 de diciembre de cada año, gozarán del descuento de una cuota sobre el saldo del capital vigente.
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