El frigorífico de Brunetti no podrá ir a la Corte Suprema de Justicia como recurso en contra de una ordenanza municipal en la que se prevé su traslado.
La resolución está fundamentada en el incumplimiento de los recaudos establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, teniendo en cuenta además que quien apeló no logró rebatir las consideraciones efectuadas por el mismo Tribunal en cuanto a que la ordenanza municipal es una manifestación de voluntad del Municipio de la Ciudad de Salta.
"No puede negarse el impacto ambiental que provoca en zonas de asentamientos humanos -como lo es la localización actual del establecimiento- el proceso de faena de ganado en cuanto al conjunto de emisiones, residuos y contaminantes, más allá de las medidas correctoras y compensatorias exigidas", sostuvo el Alto Tribunal salteño.
La Ordenanza 13328 dispuso la erradicación del frigorífico Brunetti del lugar donde se encuentra y la consecuente reubicación de sus instalaciones.
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