Rechazan intención de promover jury a jueces

El caso ocurrió en Jujuy. La jueza Arminda del Carmen Colman, integrante de la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina, difundió el pronunciamiento que pertenece a varias ONG y asociaciones de derechos civiles.
Varias entidades civiles y ONG rechazaron enfáticamente la intención de legisladores de enjuiciar a magistrados jujeños que fallaron en una acción de amparo a favor del cupo femenino en esa provincia, interpretando esta medida como un "avasallamiento a la independencia del Poder Judicial".

Así lo hizo saber la doctora Arminda del Carmen Colman, en su carácter de integrante de la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina (AMJA), dando a conocer los pormenores del caso y la pretensión del bloque de diputados justicialistas de la provincia de Jujuy.

El pronunciamiento que rechaza la promoción del jury de enjuiciamiento pertenece a la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia, Asociación por los Derechos Civiles, Centro de Estudios Legales y Sociales, Equipo Latinoamericano de Justicia y Género y Mujeres en Igualdad.

El caso tiene que ver con el fallo del Tribunal en lo Contencioso Administrativo de Jujuy que había condenado al Poder Ejecutivo y Legislativo a cumplir con el cupo femenino en los cargos electivos en dicha provincia. En desacuerdo con esta medida el bloque de diputados justicialistas impulsa un jury de enjuiciamiento para remover de sus cargos a los jueces intervinientes alegando "conductas incompatibles con el desempeño de sus funciones constitucionales".

"La iniciativa de promover un juicio político por el mero desacuerdo con las decisiones judiciales o porque éstas resulten antipáticas –o aún incorrectas- a criterio de los legisladores, es incompatible con la vigencia de los principios de independencia judicial y de tutela judicial efectiva", señala el comunicado de las ONG, difundido en nuestra provincia por la jueza Arminda del Carmen Colman.

Las asociaciones civiles explican en el pronunciamiento que los integrantes del Tribunal jujeño no hicieron otra cosa que buscar un remedio para la clara violación constitucional existente en la provincia de Jujuy, en la que el mandato del artículo 37 y la cláusula transitoria segunda de la Constitución Nacional lleva más de 15 años sin ser efectivizados.

El fallo judicial derivó de una acción de amparo promovida por un grupo de mujeres y varones tendiente a que se condene a los poderes público de Jujuy a arbitrar las medidas que sean necesarias para hacer efectivos los derechos a una igualitaria participación de las mujeres en los cargos electivos en todo el territorio provincial, estableciendo en las normas que rigen el proceso electoral el sistema denominado de cupos o cuotas.

El Tribunal hizo lugar a la acción de amparo y condenó a los poderes Ejecutivo y Legislativo para que den cumplimiento con el mandato constitucional, sancionando y promulgando la ley reglamentaria allí prevista, en el plazo de tres meses, bajo apercibimiento de aplicar sanciones conminatorias.

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