El TdC rechazó un contrato para los remises de Casa de La Pampa

El Tribunal de Cuentas rechazó un contrato con una empresa de remises de Capital Federal para atender la demanda de Casa de La Pampa. El contrato lo iba a firmar la Secretaría General de la Gobernación.
Entre los argumentos del rechazo el Tribunal de Cuentas menciona que el contrato no coincidía con el infomre de preadjudicaciòn y que se modificaban algunos aspectos del contrato con posterioridad a su adjudicación que tenía como destinatario la empresa Milcar S.A..

El contrato rechazado era impulsado por la Secretaría General de la Gobernación para un servicio de remises que atienda los traslados que disponga la Dirección General de Casa de La Pampa en la ciudad de Buenos Aires. Se hizo mediante el llamado a la Licitación Privada Nº 44/11, tramitada por el Departamento de Compras y Suministros;.

La Contadora Fiscal que intervino no conformó las actuaciones. Una de las razones es por ”no coincidir con lo manifestado en el informe de preadjudicación...“. También objetó que “...el oferente MAILCAR SA en su nota aclaratoria modifica la oferta...“.

Además apuntó la contadora fiscal que ”la cláusula quinta del proyecto de contrato referida a la duración y la prórroga del contrato no coincide con el punto VI del pliego de bases y condiciones, no acotándose el período de renovación“. El TdC por otra parte señalo que “considerando que se afectarán fondos de ejercicios futuros se entiende que el acto administrativo de aprobación del trámite debe ser mediante decreto“. Y por último, que ”en el proyecto de contrato se consignan los montos de la oferta original, lo cual se contrapone con la intención del Organismo de aceptar la modificación de la oferta y preadjudicar en consecuencia“.

Desde el TdC se remarcó que “el segundo párrafo del artículo 48 del Decreto Acuerdo Nº 470/73 de la Provincia de La Pampa, establece la inadmisibilidad de presentación alguna que retire, presente nueva oferta, efectúe aclaraciones, reclamaciones y observaciones con posterioridad a la apertura de las propuestas de la licitación”.

El organismo consideró que “del análisis del expediente, surge en forma irrebatible que el oferente MAILCAR SA, efectúa modificación de la oferta presentada, conforme lo señala el contador fiscal interviniente;

Que conforme lo expuesto, corresponde rechazar el proyecto de contratación sometido a intervención”.

La sentencia del TdC fue firmada por el presidente subrogante José Sappa, el vocal Francisco García y la vocal subrogante Liliana Sago de Leventan.

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