Así fue decretado por el gobernador de la Provincia, Daniel Peralta. El mismo comprende a todas las dependencias de la Administración Pública Provincial, Entes Autárquicos, Organismos Centralizados y Descentralizados y Sociedades del Estado.
Asmimismo, comprende a todas las dependencias de la Administración Pública Provincial, Entes Autárquicos, Organismos Centralizados y Descentralizados y Sociedades del Estado, entre los días 19 al 30 de julio de 2010 inclusive.
Cabe mencionar que en sus artículos se expresa que se establece que los titulares de los Ministerios y personas Jurídicas comprendidas, adoptarán en sus ámbitos de competencia, los recaudos tendientes a que el goce del receso se fraccione en dos (2) tramos comprendidos entre los siguientes períodos: primer tramo, desde el día 19 hasta el 23 de julio inclusive; el segundo tramo, desde el día 26 y hasta el 30 de julio inclusive, debiendo asegurarse en todos los casos la cobertura normal de los servicios durante los períodos indicados.
Además aclara que el receso otorgado, no suspenderá ninguna licencia que estuviera concedida y/o en curso de cumplimiento y en ningún caso podrá ser transferido, ni acumulable a otro período vacacional.

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