La Secretaria de Turismo finalizó el relevamiento y la recategorización de alojamientos turísticos prevista en la Ordenanza 1526-CM-05. La Secretaria Municipal de Turismo finalizó con la recategorización de alojamientos turísticos -según ordenanza 1526-CM-05- consistentes en el relevamiento de los establecimientos que trabajan con turismo, basándose en tres componentes:
Equipamiento, que de acuerdo a las características edilicias del establecimiento permitan su instalación y por último,
los servicios que se ofrece al turista.
La suma de estos tres componentes forman el puntaje correspondiente para la cantidad de estrellas que el propietario quiera habilitar.
De esta manera hoy contamos con nuestra oferta de alojamiento turístico ordenada, con criterios homogéneos de exigencias acordes a los requerimientos de la demanda de servicios.
Por otra parte, con respecto a la publicidad de los establecimientos, a la hora de fiscalizar se tendrá en cuenta la objetividad y veracidad de las mismas.
Asimismo, la Secretaria de Turismo recuerda a todos los que trabajan con alojamientos turísticos tener en cuenta los siguientes puntos a fin de evitar multas:
1) Notificar por escrito a la Secretaría Municipal de Turismo si realiza cambios de: a) estructura edilicia, b)servicios, c) razón social, d) apoderado, e) nombre de fantasía, f) teléfono, g) correo electrónico, h)cierre temporario con fecha desde y hasta.
2) Presentar en cada vencimiento: certificado de cobertura de seguro, y contrato de locación.
3) Presentar el formulario de tarifas de cada temporada.
4) Inscribirse en la Ordenanza 1051- CM-00 si trabaja con estudiantes.
5) Publicitar correctamente la clase, categoría de su establecimiento con el nombre de fantasía habilitado. (Según Ordenanza 1526 Se deja expresamente establecido que los establecimientos sólo podrán utilizar denominaciones de fantasía que incluyan los tipos y categorías especificados en el Artículo 7º o las especialidades y modalidades especificadas en el Artículo 8º cuando se correspondan con la clasificación y autorización oportunamente otorgada por la Secretaría.)
6) Habilitar cartel en Inspección general de la Municipalidad.
7) Tener en todo momento personal responsable para recibir inspectores del Municipio.
8) Mantener actualizado libro y/o registro de Pasajeros
9) Actualizar la HABILITACION COMERCIAL (Mitre 530 –Inspección General)
10) NO PUEDE OPERAR COMERCIALMENTE SIN LAS HABILITACIONES TURISTICAS Y COMERCIAL
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