Ratifican la prisión preventiva al ex gendarme Eduardo Britos

Ratifican la prisión preventiva al ex gendarme Eduardo Britos
Lo decidió la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, ya que pesa sobre este ex represor, quien fuera extraditado desde el Paraguay el pasado 23 de septiembre tras estar prófugo más de un año, la imputación por imposición de tormentos durante la última dictadura militar en Chilecito.
Ese tipo de violación es considerada un delito de lesa humanidad por la justicia argentina.

La Sala “A” de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó el procesamiento y prisión preventiva del ex gendarme Eduardo Abelardo Britos en la causa “Ángel Andrés Abelardo y otros s/ denuncia privación ilegítima de la libertad”.

Los jueces Ignacio María Vélez Funes, José Vicente Muscará y Carlos Julio Lascano, resolvieron por unanimidad confirmar la resolución de Primera Instancia que dispone el procesamiento y la prisión preventiva de Britos y rechazaron la apelación interpuesta por la defensa del acusado. En el fallo, dividido en cuanto a las consideraciones del grado de participación criminal y la prisión preventiva, los jueces de Cámara aseguraron que el decisorio del juez riojano se ajusta a las reglas de la sana crítica, sin vicios en su estructura lógica, con una valoración racional de los elementos de juicio y correcta adecuación de la prueba.

En la causa se investiga la imposición de tormentos ocurrida en el Escuadrón 24 Chilecito de Gendarmería Nacional, en perjuicio de seis (6) víctimas: Teresa Elida Robles de Maza, Juana Lucía Zamora de Pereyra, Andrés Abelardo Ángel, Santiago Nicolás Maza, Marcelino Reyes Leiva y Nicolás Silvestre Olivera. Los hechos se habrían desarrollado en el marco del plan sistemático criminal de eliminación de los opositores políticos, llevado a cabo durante el último gobierno de facto.

Asimismo, los jueces afirmaron que Britos habría tenido un papel fundamental, cometiendo en forma directa el delito que se le imputa, por la libertad y discrecionalidad otorgada a los jefes de zona y subalternos, sin demostrar una actitud tendiente a evitar los ilícitos. De lo que resulta imposible sostener que desconocía lo que ocurría en el Escuadrón.

En el último punto de la resolución, morigeraron el monto del embargo trabado sobre los bienes del procesado, fijando un monto de pesos veinte mil ($20.000).

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