Querellantes pidieron la máxima pena para los imputados

En el primer día de alegatos solicitaron al tribunal que castigue con prisión perpetua a Luciano Benjamín Menéndez y a Roberto Albornoz.
El máximo castigo previsto en el Código Penal, reclusión perpetua, fue pedida contra el ex comandante del III Cuerpo del Ejército, Luciano Benjamín Menéndez, y el comisario (r) Roberto Heriberto Albornoz, en el primer día de alegatos de las querellas ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF), en la causa por el funcionamiento de un centro clandestino de detención en la ex Jefatura de Policía. El jueves 8 habrá sentencia.

En los planteos de Laura Figueroa y de los integrantes de Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales (Andhes), Valentina García Salemi y Daniel Weisemberg, se reclamó que la prisión de ambos acusados sea cumplida en cárcel común, y que pierdan sus altos cargos militares y policiales por traición a la Patria.

En esta tanda de acusaciones particulares, se abordaron las desapariciones de Hugo Alberto Díaz, Joaquín Ariño, Carlos Román Apaza, Ricardo Torres Correa, Adriana Mitrovich, Graciela Bustamante de Argañaraz y Horacio Ramón Atilio Ferreyra Córdoba. Ellos son siete de las 22 víctimas que abarca el proceso en conjunto.

La situación de los policías (r) Luis Armando de Cándido y su hermano, Carlos de Cándido, también procesados en esta causa, será analizada desde hoy, cuando intervengan los otros querellantes.

Los planteos

Figueroa pidió para los imputados un mínimo de 100 años de cárcel, de cumplimiento efectivo. "Son autores mediatos del delito de exterminio con intención de destruir total o parcialmente un grupo nacional y, por tanto, del delito internacional de genocidio por homicidio agravado; y, además, del de violación de domicilio", dijo.

A Menéndez lo imputó también de autor mediato de privación agravada de la libertad y torturas, e ideólogo del robo de niños; y a Albornoz, de autor material por el dominio de los hechos como eslabón intermedio de la cadena de mandos, encargado del traslado al lugar de exterminio de los detenidos y de malos tratos y vejámenes.

Los letrados de Andhes calificaron a Menéndez de "cuadro ideológico del genocidio del Ejército". Lo imputaron de autor mediato de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada y continua hasta que aparezcan los cuerpos de los desaparecidos; tormentos agravados y homicidio triplemente agravado y reiterado, por indefensión absoluta, concurso premeditado de dos o más personas e impunidad, todo en concurso real en la desaparición forzada de personas en práctica genocida.

Respecto de Albornoz, lo consideraron autor mediato en los homicidios, pero autor directo y material de asociación ilícita agravada y de partícipe criminal necesario en privación ilegítima de la libertad agravada, torturas y tormentos agravados, porque tenía la posibilidad de aliviar o agravar los padecimientos posteriores al secuestro de las personas.

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