Las multas fueron impuestas en 2005 a cinco empresas, entre ellas Loma Negra y Cementos Avellaneda, acusadas de cartelización. En junio la Cámara de Casación Penal confirmó la sanción, pero la Corte Suprema hizo lugar a un recurso de las cementeras y la dejó en suspenso.
Tal como recordó el medio IECO, en junio la Sala IV de la Cámara de Casación Penal había confirmado las multas por más de 300 millones de pesos a las empresas fabricantes de cemento. Lo hizo al rechazar por “inadmisibles” los recursos presentados por las compañías contra una sentencia anterior, de 2008, de la Cámara en lo Penal Económico, que había confirmado las multas.
Las sanciones fueron impuestas en 2005 por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, que por entonces alegó que las cinco compañías multadas habían pactado “intercambiar información competitivamente sensible” para repartirse cuotas de ventas en el mercado nacional entre julio de 1981 y agosto de 1999, proceso denominado “cartelización”.
El fallo de la Corte lleva la firma de Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni. En el mismo señalan que “se suspende la ejecución de la sentencia dictada el 26 de agosto de 2008 por la Sala B de la Cámara en lo Penal Económico”. Y que, asimismo, se suspende “el trámite del presente recurso extraordinario” porque aún no está firme el fallo de junio pasado dictado por Casación.
El delito de cartelización para repartirse el mercado, con precios preacordados –inclusive en licitaciones de obras públicas– se habría cometido entre 1981 y 1999. El monto de multas aplicado iba de 138,7 millones de pesos a Loma Negra, 100 millones a Minetti, a cifras inferiores a las tres restantes, sumando en total casi 310 millones.
Críticas al fallo
Por su lado, Página 12 dio a conocer esta semana que fuentes judiciales y juristas del fuero penal económico consideraron “insólito” el fallo de la Corte Suprema que suspendió la ejecución de multas.
Tras recorrer diversas instancias judiciales, la Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico había dejado en firme la multa en cuestión, sentencia que fue corroborada por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal. Sin embargo, en una resolución que hasta el ámbito académico está calificando de “sorprendente” y “fuera de toda lógica”, la Corte suspendió la ejecución de las multas haciendo lugar al “recurso de hecho” de dos de las cementeras contra instancias anteriores del juicio. Aunque el pronunciamiento de la Corte, fechado el 10 de julio, decreta “la suspensión del curso del proceso sin que esto implique pronunciamiento alguno sobre el fondo del recurso”, en la práctica implica un fuerte perjuicio al Estado nacional en beneficio exclusivo de las firmas cementeras involucradas.
Fuentes del Ministerio de Economía (organismo que aplicó la sanción por infracción a la Ley de Defensa de la Competencia) indicaron a Página 12 que “el fallo de Cámara estaba en firme, el Tribunal de Casación había considerado inadmisible el recurso ante esa instancia y obligaba a las cementeras a acatar la sanción o a apelar, que es lo que hizo; pero habilitaba al Estado nacional a seguir adelante en la ejecución de la multa. En cambio, la decisión de la Corte tiene la clara intención de impedir la ejecución”.
La Sala IV de Casación dio vista a las partes de la nueva apelación de la defensa de las cementeras. El paso siguiente era –después de escuchar lo que pudieran argumentar las partes– que el tribunal se pronunciara sobre esa nueva apelación. Según la fuente cercana al Palacio de Hacienda, “si la defensa de las cementeras hubiera esperado que la Sala IV se pronunciara y si este fallo no le era favorable, presentar un nuevo recurso de queja ante la Corte, no le daban los tiempos para frenar la ejecución. Entonces sacaron de la manga una maniobra que no está en ningún libro: rehabilitar el recurso que originalmente se elevó contra el fallo de Cámara, del año 2008, para lograr un pronunciamiento de la Corte totalmente extemporáneo”.
La multa que le aplicó la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia a las cementeras, como otras que sancionaban a firmas poderosas, intentó ser neutralizada de diferentes modos. Se buscó descalificar al cuerpo que la dictó –encabezado en 2005 por José Sbatella, hoy titular de la UIF, durante la gestión de Roberto Lavagna al frente de la cartera económica–, luego se impugnó a jueces que se pronunciaron contra los intereses de la empresa. Finalmente, se logró la suspensión de la multa cuando su aplicación ya tenía sentencia firme.



Comentá la nota