El “Plan de Oportunidad Tributaria” otorga beneficios de hasta el 100 por ciento de los intereses y recargos para que todos los contribuyentes que registran deudas puedan regularizar su situación.
El “Plan de Oportunidad Tributaria” consta de dos etapas. Durante la primera, que dura hasta el 31 de julio de 2012, se otorgará una reducción del 100 por ciento en el pago de las multas, intereses y recargos de la tasa de Alumbrado, Limpieza y Servicios Municipales Indirectos de los inmuebles destinados a viviendas, y un descuento del 50 por ciento, de los inmuebles afectados a actividades comerciales, industriales, de servicios y depósitos.
También se otorgará una reducción del 100 por ciento en el pago de las multas, intereses y recargos correspondientes a la Tasas por Inspección de Seguridad e Higiene, Monotasa, Derechos de Publicidad y Propaganda, Derechos de Ocupación de Espacio Público y demás tributos municipales. En el segundo período, que comienza el 1° de agosto, las deducciones se reducirán a la mitad en todos casos, esto es pasarán del 100 por ciento al 50 por ciento, en el primero de los casos, y del 50 por ciento al 25 por ciento en el segundo.
El pago se podrá efectuar al contado o en cuotas. En el primer caso, comprenderá el importe de la deuda, deducidos los recargos, multas e intereses, según corresponda. En caso de que la deuda se salde en cuotas, deberá darse un anticipo del 10 por ciento y pagar un interés del 1 por ciento mensual, hasta 24 cuotas, o del 1,5, hasta 48.
En cuanto a las deudas que se encontraran en etapa de ejecución fiscal, deberán acreditarse previamente el pago de los honorarios y gastos causídicos –los costos impuestos a quienes intervienen en el proceso.
Los contribuyentes interesados en regularizar su situación respecto de la tasa de Alumbrado, Limpieza y Servicios Municipales Indirectos, que sean titulares del inmueble, deberán presentar original y fotocopia del documento de identidad, u original y fotocopia del contrato social y del acta de designación del representante legal, en caso de ser una sociedad. Si el trámite lo realizara un autorizado, deberá contar, además, con el original y fotocopia de su documento y una autorización firmada por el titular, donde conste nombre, apellido y Nº de documento de la persona que firmará el convenio de pago.
Para regularizar su situación, y ante cualquier consulta adicional, los contribuyentes deberán acercarse a la sede de la Subsecretaría de Ingresos Municipales (Belgrano 3747, piso 1º, San Martín), de 08.15 a 14.45. Tel.: 0800 – 444-1123. Email: Tasasmunicipales@sanmartin.gov.ar.
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