El dirigente afirmó que “no puede regularse el horario a través de una resolución municipal”.
En primer término desde la Sociedad Comercio e Industria compartimos la necesidad de que los trabajadores puedan estar en sus hogares a una hora prudente para compartir las fiestas en familia, y en tal sentido vemos razonable las acciones que se realizan desde el Sindicato Empleados de Comercio en esa dirección.
Regulación del trabajo
Pero al mismo tiempo es necesario puntualizar que no puede regularse el horario comercial por medio de una resolución municipal contraviniendo leyes provinciales y apartándose inclusive de la propia Constitución Nacional, que en su Art. 75 reserva al Congreso de la Nación la atribución del dictado de leyes que regulen el trabajo.
Con esta aclaración no pretendemos más que informar a nuestros socios los comerciantes y la comunidad en general sobre el verdadero escenario en que actuamos, lejos de nuestra intención está cualquier tipo de polémica y mucho menos oponernos a la necesidad de facilitar al empleado un horario acorde a las festividades de fin de año.
“Sentido común”
Confiamos en el sentido común, la comprensión y el entendimiento como el camino más apto para acordar lo más conveniente tanto para el empresario como para el trabajador.
Paralelamente rechazamos cualquier otro método que no comprenda los conceptos anteriores, ya que no harán más que generar confusión y ubicar esta situación en un terreno poco aconsejable para todos.
Desde la Sociedad Comercio e Industria de Junín reiteramos nuestra posición favorable al cierre anticipado, pero desconocemos imposiciones carentes de valor legal. Confiamos, insistimos, en la armonía de una decisión ajustada al sentido común.
Comentá la nota