El delegado pampeano del Instituto Nacional de Lucha contra la Discriminación (INADI) le envió a todos los juzgados de Paz de la provincia un Análisis Técnico y Recomendaciones sobre la implementación de la Ley de Matrimonio Igualitario.Santiago Ferrigno le puso su firma a ese documento acerca de la normativa que entrará en vigencia en los próximos días.
“En tal sentido -agregó el funcionario- cabe recordar un principio fundamental del Estado de Derecho y es el siguiente: respecto de la actividad de la vida civil de las personas, rige el principio general de libertad (art. 18 de la C.N.), está permitido todo lo que no está expresamente prohibido. En cambio, para regir la acción oficial de los agentes públicos, manda el principio general de apego a lo estatuido: se puede hacer sólo lo que la ley manda y, excepcionalmente, se permite ejercer un criterio discrecional, también regulado por la ley”.
Aclaró que “la sustracción de un funcionario público al cumplimiento de sus deberes oficiales, sólo puede ser legal en la medida en que sea admitida como objeción de conciencia. De acuerdo a la jurisprudencia elaborada al efecto en nuestro país por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, hay un elemento fundamental que debe necesariamente darse para que la objeción de conciencia sea viable, y es actuar en beneficio de derechos propios sin afectar derechos de terceros”.
“El caso surgido recientemente y que es de público conocimiento en el ámbito de la Provincia de La Pampa, constituiría una desnaturalización de la objeción de conciencia, puesto que la hipotética negativa de la jueza a tramitar el matrimonio a dos personas del mismo sexo, afectaría los derechos personales de estos consagrados por la ley”.
Ferrigno recordó que el titular nacional del INADI, en referencia a la conducta de Marta Covella, advirtió que sus dichos “no son sólo altamente prejuiciosos y discriminatorios, sino lisa y llanamente ilegales, ya que implicaría una excusa irrazonable incumplir con la ley”.
“Por otro lado, el motivo por el cual la jueza se negaría a realizar aquel acto jurídico, es un pretexto discriminatorio en la medida en que se funda en una condición personal de las o los individuos que concurran a ejercer sus derechos, como sería su homosexualidad”, insistió.
“Desde este organismo -completó Ferrigno- se observan con beneplácito las declaraciones públicas de otros funcionarios gubernamentales que expresaron su determinación a garantizar el cumplimiento de la Ley de Matrimonio Igualitario. Finalmente, manifestamos nuestra mejor disposición para intervenir constructivamente en situaciones similares que pudieran presentarse”.
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