La prórroga de la Promoción Industrial nuevamente al ‘freezer’

Es que la Cámara Federal de Mendoza aceptó un recurso extraordinario presentado por la Cámara de Comercio de San Rafael en contra del decreto presidencial 699 que le daba continuidad al régimen impositivo por dos años más en nuestra provincia y sus pares de San Juan, Catamarca y San Luis. Ahora será la Corte Suprema de Justicia la que deberá decidir si es o no inconstitucional la promulgación de dicho decreto. De la Promoción Industrial dependen más de 10 mil puestos de trabajo en La Rioja.
La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza aceptó el recurso extraordinario presentado por la Cámara de Comercio de San Rafael contra el decreto nacional 699, que amplía la promoción industrial en las provincias de La Rioja, San Juan, Catamarca y San Luis, por lo que quedó frenado nuevamente hasta que la Corte Suprema de Justicia de la Nación se expida sobre la cuestión de fondo.

La sorpresiva resolución, que ni siquiera los propios miembros de la entidad mendocina esperaban con demasiada expectativa, le fue notificada este viernes a la tarde al área legal de la Cámara de Comercio y está firmada por los jueces Antonio Alberto Endeiza y Alfredo López Cuitiño.

Tal como dicen las breves líneas de la parte resolutiva del fallo, la aceptación se dio pese a que el principio general es no dar lugar a los recursos extraordinarios, pero se aceptó “por la gravedad institucional que tiene el tema”.

La medida fue recibida con mucha alegría entre la dirigencia sanrafaelina y también en niveles gubernamentales, ya que significa –lisa y llanamente– un freno al famoso y polémico decreto 699/10.

Pablo Callejas, abogado de la entidad empresarial sanrafaelina que presentó el recurso extraordinario, expresó: “Se aceptó el recurso y a partir de ahora tienen que enviarlo a la Corte de la nación. Estamos un poco mejor. Si lo rechazaban, se perdía el efecto suspensivo y podía entrar el vigencia el decreto 699. Con esto no puede hasta que resuelva la Corte”.

El letrado aclaró que el precepto legal es no hacer lugar a los recursos extraordinarios, pero que la Cámara Federal de Apelaciones, la misma que a principios de julio rechazó el recurso de amparo de la Cámara de Comercio, entendió la importancia institucional del tema.

“Deciden hacer una excepción por la gravedad institucional que tiene el tema. Veíamos difícil el tema, porque el principio general es que lo rechacen. Ahora en la Corte no hay tiempos. Se toma todo el tiempo del mundo”.

Callejas entendió el fallo como “un gran paso que nos vuelve a dar esperanza de que esto se pueda solucionar y que no estábamos equivocados al hacer el planteo”.

Un conflicto con historia

El 10 de junio del 2010, el juez Héctor Raúl Acosta, quien en ese momento era el titular del Juzgado Federal de San Rafael y luego se jubiló, ordenó suspender de manera preventiva la acción del decreto Nº699 del Ejecutivo Nacional, por la acción de amparo que el 31 de mayo de ese año presentó la Cámara de Comercio, Industria y Agropecuaria de San Rafael.

A su vez, el gobierno de Mendoza presentó su queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación por los perjuicios económicos que supuestante le hace el redimen de promoción industrial implementado en La Rioja, San Juan, Catamarca y San Luis.

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