El 13 de noviembre del presente año, el Interbloque de la Unión Cívica Radical y el Frente Amplio Progresista presentaron un proyecto de Ordenanza (Expediente 4327/12) creando un Régimen Público de Transparencia Contable, Administrativo y de Acceso a la Información Gubernamental.
En el mismo sentido y en la misma fecha, el Interbloque presentó otro proyecto, de Comunicación (Expediente 4328/12), expresando la necesidad de que la República Argentina se adhiera a la Alianza para el Gobierno Abierto, la cual es una organización internacional que busca transparentar las cuentas públicas en los diferentes países miembros.
VISTO:
El proyecto de Ordenanza Expediente 4018/10 presentado por el Bloque de la Unión Cívica Radical el 28 de octubre de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que dicho Expediente ha perdido estado parlamentario, por permanecer más de dos años en Comisión.
Que es importante que los habitantes de Lincoln puedan acceder libremente a la información gubernamental, procurando así fortalecer la transparencia fiscal y jerarquizando las instituciones del Estado.
Que la Constitución Nacional garantiza el principio de publicidad de los actos de Gobierno y el derecho de acceso a la información pública a través de los artículos 33º, 42º y del artículo 75º; inciso 22, que incorpora con jerarquía constitucional diversos Tratados Internacionales.
Que la publicidad de los actos de gobierno es parte fundamental de los principios del sistema Republicano que hemos adoptado constitucionalmente.
Que la Constitución de la Provincia de Buenos Aires garantiza en su artículo 12º; inciso 4, el derecho a la información y a la comunicación y en su articulo 11º determina que sus habitantes gozan de los derechos y garantías que establece la Constitución Nacional.
Que según el Instituto de Estudios sobre la Realidad Argentina y Latinoamérica de la Fundación Mediterránea la transparencia fiscal es la apertura del sector público a la comunidad, otorgándole a esta última; el acceso fácil y oportuno a información fidedigna, completa, comprensible y comparable.
Que un acceso igualitario a la información pública, fortalece la democracia política y social como también las Instituciones y afianza la alianza estratégica Sociedad-Gobierno.
Que el acceso a la información pública fomenta una mayor participación ciudadana en el control de las acciones gubernamentales e inclusive puede permitir que los ciudadanos colaboren con sus representantes en el Estado en la prevención y detección de posibles actos de corrupción.
Que en nuestra región varios distritos como Carlos Casares, General Villegas, Junín, Nueve de Julio, Trenque Lauquen, ya utilizan las nuevas tecnologías como Internet para crear un acceso directo de la sociedad a la información gubernamental, generando un mecanismo que impacta positivamente en la gestión estatal.
Por cuanto los Bloques de la Unión Cívica Radical y el Frente Amplio Progresista proponen el siguiente:
Proyecto de ORDENANZA:
Artículo 1º: Créase en el ámbito de la Municipalidad de Lincoln un Régimen Publico de Transparencia Contable, Administrativo y de Acceso a la Información Gubernamental, el que estará sujeto a las disposiciones establecidas por la presente Ordenanza.-
Artículo 2º: Portal Virtual de Transparencia Contable, Administrativo y de Acceso a la Informacion Gubernamental.
Créase el Portal Virtual de Transparencia Contable, Administrativo y de Acceso a la Informacion Gubernamental. dentro del dominio en Internet que posea la Municipalidad de Lincoln, ya sea el Sitio Oficial Web u otro creado especialmente para tal motivo, donde el municipio publicará la más completa información sobre la ejecución presupuestaria, presentada de manera accesible y oportuna.-
Artículo 3º: Contenido del Portal Virtual de Transparencia Contable, Administrativo y de Acceso a la Informacion Gubernamental.
El contenido deberá ser el siguiente:
a) Fecha, dependencia contratante, nombre e identificación tributaria del proveedor, objeto del gasto e importe de las adquisiciones mensuales.
b) Fecha, dependencia contratante, nombre e identificación tributaria del contratista, objeto de contratación e importe de los contratos celebrados mensualmente.
c) Listado actualizado de la deuda pública municipal -incluida la deuda flotante- al último día del mes previo al de su publicación.-
d) Deudores del Municipio por deudas de naturaleza tributaria vencidas y exigibles que se encuentren firmes, cuyo valor, incluidos sus accesorios, supere la suma de Pesos Cinco Mil ($ 5.000.-).-
e) Normas establecidas para los procesos de contrataciones, información referida a las contrataciones previstas por la Municipalidad de Lincoln y aquellas normas que regulen el Registro de Contratistas.-
f) Normas de procedimiento administrativo.-
g) Nómina de funcionarios que presentaron sus declaraciones juradas patrimoniales.-
h) Última Cuenta General aprobada por el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.-
i) Presupuesto General Vigente aprobado por el Honorable Concejo Deliberante de Lincoln.-
j) Ordenanza tributaria anual vigente.-
k) Llamados a licitación pública, y o privada, pliego de bases y condiciones, fecha,
motivo y adjudicación.-
l) Convenios con otros municipios, con organismos públicos provinciales, nacionales o extranjeros, y con entidades públicas o privadas que hayan sido refrendados por el Honorable Concejo Deliberante.
m) Unidades que conforman el parque automotor municipal.-
n) Afectación o desafectación de bienes del dominio público municipal.
ñ) Concesiones de uso de los bienes de dominio público municipal.-
o) Nómina de la planta de personal municipal.: Detallando Categoria, Carga Horaria, Sueldo y Area de Trabajo-
p) Cuenta Corriente de Proveedores actualizada Semestralmente-
q) Acceso a todos los Decretos y Resoluciones desde El Año 2000 a la fecha, actualizable mensualmente-
r) Registro de Audiencia de Gestion de Intereses con Indicacion de Peticionante, motivo, dia, hora y sintesis de resultado-
s) Indicadores Graficos de Gestion de Ejecucion de Recursos y Gastos Actualizable Semestralmente-
t) Rafam: Ejecucion de Gastos y Recursos por Semestre
u) Pauta Publicitaria: Indicando su Distrtibucion por monto y en Porcentual, en los distintos Medios de Comunicación Locales, Regionales, Provinciales y Nacionales.
Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo y el Honorable Concejo Deliberante publicarán trimestralmente al menos en un diario de circulación local, la información prevista en los incisos a), b), c) y d) del artículo 3º de la presente. En dicha publicación, se pondrá en conocimiento de la ciudadanía la disponibilidad de información adicional en el Portal Virtual de Transparencia Fiscal de la Municipalidad de Lincoln.-
Artículo 5º: La información a la que hace referencia el artículo 3º de la presente, se publicará bajo los siguientes títulos:
La información indicada en los incisos a) y b) se publicará como: "Contrataciones" del período que corresponda.
La información indicada en el inciso c) se publicará como: "Deuda pública" del período que corresponda.
La información indicada en el inciso d) se publicará como: "deudores del municipio" del período que corresponda.-
Artículo 6º: El Departamento Ejecutivo podrá concertar con otros municipios y con los gobiernos Provincial y Nacional, una metodología uniforme de presentación de la información de ejecución presupuestaria. Asimismo, podrá firmar convenios con
Organizaciones No Gubernamentales a efectos de que éstas brinden garantías sobre la calidad de la información publicada.-
Artículo 7º: El Portal Virtual de Transparencia Contable, Administrativo de Acceso a la Información Gubernamental, de la Municipalidad de Lincoln, se actualizará con nueva información al menos mensualmente. El Departamento Ejecutivo y el Honorable Concejo Deliberante, publicarán en el mencionado Portal, dentro de los noventa (90) días de vigencia de la presente, la información indicada en el artículo 3º de la presente.-
Artículo 8º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, Promúlguese, Publíquese en el Boletín Oficial municipal y Archívese.-
VISTO:
La conformación a nivel internacional de la Alianza para el Gobierno Abierto en busca de la transparencia en las cuentas públicas de los distintos países, y
CONSIDERANDO:
Que esta organización internacional tiene como objetivo mejorar los gobiernos haciéndolos más transparentes y efectivos.
Que la Alianza para el Gobierno Abierto tiene como prioridades la mejora en los servicios públicos, el aumento de la integridad pública, el manejo de recursos públicos con mayor eficiencia, la construcción de comunidades más seguras y el aumento en la rendición de cuentas por parte de las empresas.
Que cada país miembro debe presentar un Plan de Acción con compromisos concretos guiados por cuatro principios:
1) Transparencia: La Información sobre las actividades y medidas gubernamentales debe ser abierta, completa, oportuna, gratuita y de fácil acceso para el público mediante herramientas tecnológicas y de comunicación.
2) Participación Ciudadana: Los gobiernos deben buscar que la ciudadanía se interese e involucre en el debate público mediante la aportación de elementos informativos y mediante contribuciones que conduzcan a un gobierno más efectivo, innovador y que atienda las necesidades de la sociedad.
3) Rendición de Cuentas: Establecer normativas, procedimientos y mecanismos para que los servidores públicos justifiquen sus acciones, reaccionen a requerimientos y críticas que se les planteen y asuman la responsabilidad cuando se apartan de la normativa o sus compromisos.
4) Innovación y Tecnología: Los gobiernos deben proveer a la ciudadanía un acceso cada vez más abierto a la tecnología, ya que se ha constatado la relevancia de las nuevas tecnologías en la innovación, así como la relevancia de ésta para aumentar la capacidad de los ciudadanos en su uso.
Que los países miembros además de comprometerse a lo anteriormente mencionado, llevarán adelante su compromiso con los principios consagrados por la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción; según consta en la Declaración sobre Gobierno Abierto del año 2011 que se adjunta a la presente.
Que inicialmente la Alianza para el Gobierno Abierto fue promocionado por Brasil, México, Estados Unidos, Noruega, Reino Unido, Sudáfrica, Indonesia y Filipinas y en la actualidad ya se encuentran adheridos a dicha organización más de 100 naciones.
Por cuanto los Bloques de la Unión Cívica Radical y el Frente Amplio Progresista proponen el siguiente:
Proyecto de COMUNICACIÓN:
Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante se dirige a la Presidenta de la Nación; Doctora Cristina Fernández, para expresarle la necesidad de que la República Argentina se integre a la Alianza para el Gobierno Abierto (Open Government Partnership) en favor de la transparencia en las cuentas públicas.-
Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

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