Proyectos presentados por la UCR y Unión PRO

Que se esta llevando a cabo por parte del Municipio de Chacabuco la poda de arboles, la cual esta destinada a la mejora de los ejemplares como así también a optimizar el alumbrado publico para mejorar las condiciones de seguridad.
Y CONSIDERANDO:

Que dicha labor es muy importante realizarla en esta época del año ya que se minimizan los efectos negativos en el crecimiento y desarrollo de las especies.

Asimismo es importante que dicha tarea este desarrollada y monitoreada por personal idóneo, de lo contrario los deterioros en el arbolado público son, en muchos casos, irreversibles.

Que hay zonas de nuestra ciudad, especialmente las periféricas donde el servicio de alumbrado público es deficiente lo cual incrementa las condiciones de inseguridad del entorno en cuestión.

ES POR ELLO QUE EL BLOQUE DE CONCEJALES DE LA UNION CIVICA RADICAL EN USO DE SUS FACULTADES PROPONE EL SIGUIENTE PROYECTO:

RESOLUCION:

ARTICULO Nº1): Solicitar al Departamento Ejecutivo municipal que proceda, por medio de la oficina de arbolado público, a la poda y limpieza de los ejemplares de Jacaranda implantados en los canteros centrales de la Av. Alsina entre calle Balcarce y Castelli.

ARTICULO Nº2): DE FORMA.-

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VISTO:

Que durante el fin de semana se realizó un grave acto de vandalismo, aún no se sabes si fue un hecho aislado o fue intencional. En este se realizaron grafitis sobre la fachada de la Casa Peronista de nuestra ciudad haciendo alusión al líder de dicho movimiento.

Que días atrás se realizaron nuevamente hechos inescrupulosos, en el Monumento a San Martín, puntualmente la estatua del Sargento Cabral.

Que ya habiendo una Ordenanza que dicta del año 1997 y que es de escaso cumplimiento, nos vemos obligados a volver a insistir en el tema.

CONSIDERANDO:

Que es algo casi normal este tipo de acciones ya no solo son viviendas las atacadas con graffiti, desde un tiempo a la fecha, instituciones, locales partidarios y el monumento a San Martín.

Que muchos personas consideran que los padres aparecen como culpables por permitir que sus hijos se creen una identidad, cuando el Municipio y parte de la sociedad criminalizaron el graffiti calificando a los jóvenes que lo practican como delincuentes, vándalos, vagos y criminales, sin tomar en cuenta sus inquietudes ya que no se les proporcionó ni se les proporcionará espacio para desarrollar sus actividades.

Que el accionar vandálico con aerosoles de pintura provoca daños a las propiedades de los vecinos de Chacabuco.

Que no siempre un aerosol de pintura se utiliza con esos fines, sino que, por el contrario, es utilizado a los fines que fue creado, resulta posible su regulación en la venta para facilitar la ubicación de quiénes puedan haberlo adquirido.

Que se asume que podría comprarse o adquirirse estos insumos en otros comercios fuera del Partido, pero esta mínima acción de regulación dificultaría notablemente la posibilidad de concretar daños a los bienes de los vecinos de todo el Partido de Chacabuco.

POR ELLO: El Bloque de Unión PRO, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica Municipal, sanciona la presente:

P R O Y E C T O D E O R D E N A N Z A.

Artículo Nº 1: Modifíquese el Artículo Nº 2 de la Ordenanza Nº 1954/97, quedando redactado definitivamente de la siguiente manera:

“En caso de venderle pintura a los menores de edad que no tengan el permiso de los padres, serán multado los comerciantes, y si el menor comete alguna “injuria”, o acto vandálico como pintar fachadas o monumentos históricos, se multara a los padres con la suma que requiera el “arreglo” de dicha pintada. En caso de que el comercio sea reincidente podrá suspenderse la habilitación municipal del comercio infractor”.

Artículo Nº 2: Incorpórese a dicha Ordenanza que las pinturerías, ferreterías y/o todo otro comercio que tuviera existencia de pinturas en aerosol, procedan a colocar en un lugar visible un cartel indicando que está “PROHIBIDA LA VENTA DE AEROSOLES A MENORES DE 18 AÑOS, según Ordenanza Municipal Nº XXXX”.

Artículo Nº 3: Incorpórese que esta Ordenanza será de cumplimiento obligatorio para pinturerías, ferreterías y/o todo otro comercio que tuviera existencia de pinturas en aerosol.

Artículo Nº 4: De forma.

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VISTO:

Que el local partidario del Partido Justicialista de Chacabuco, el fin de semana apareció con pintadas agraviantes hacia el Gral. Juan D. Perón en un acto de cobardía.

CONSIDERANDO:

Que durante el fin de semana se realizó un grave acto de vandalismo, aún no se sabe si fue un hecho aislado o fue intencional. En este se realizaron grafitis sobre la fachada de la Casa Peronista de nuestra ciudad haciendo alusión al líder de dicho movimiento.

Que estos hechos no son propios de una convivencia democrática.

Que estos fueron pintadas de aerosol que no pasaron a mayores, no sabemos quién lo hizo porque no se identificaron.

Que debemos reclamar su pública condena para evitar que los mismos se repitan en el futuro y afecten el derecho a peticionar, discrepar y expresarse libremente que tenemos todos los argentinos.

Que no solo condenamos el mencionado acto sino también las pintadas sufridas por el Monumento al Gral. San Martín, a la propiedad privada de los vecinos e Instituciones.

POR ELLO: El Bloque de Unión PRO, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica Municipal, sanciona el presente:

P R O Y E C T O D E R E S O L U C I O N.

Artículo Nº 1: Repudiamos enérgicamente las acciones agraviantes sufridas por el Partido Justicialista (PJ) de Chacabuco, el último fin de semana. Acto que no es más que el agravio a la “DEMOCRACIA”.

Artículo Nº 2: De forma.

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