Proyectos ponen límites A organizaciones sociales

Proyectos ponen límites A organizaciones sociales
Legisladores de la UDESO, en conferencia de prensa realizada ayer, en dependencias del Bloque de Diputados de la UCR.
Legisladores de la UCR y de LyDER, nucleados en la Unión para el Desarrollo Social (UDESO), presentaron ayer un proyecto legislativo que apunta a restringir el acceso a la personería jurídica a organizaciones sociales donde haya personas procesadas o condenadas. ambién anunciaron el ingreso en el Congreso de la Nación una propuesta concebida para inhibir el acceso a los planes sociales, a organizaciones cuyos líderes estén en conflicto con la ley penal.

El proyecto de jurisdicción local, establece un régimen de ordenamiento de personería jurídica y constituye una reglamentación de disposiciones establecidas en el Código Civil.

La iniciativa señala que el Poder Ejecutivo, a través de Fiscalía de Estado, denegará el pedido de otorgamiento de personería jurídica a toda institución u organización social que al momento de solicitarla, presente entre los miembros de su comisión directiva o como miembros integrantes de la misma, a personas físicas que se encuentren procesadas o condenadas por la comisión de algún delito sin importar su tipo.

En sus articulados, consigna que el Ejecutivo deberá suspender o cancelar la personería jurídica otorgada a toda institución o asociación civil que reúna las siguientes causales: que estuvieran integradas por una o varias autoridades procesadas por delitos contemplados en los Títulos o Capítulos del Código Penal contra Las Personas, La Libertad, El Orden Público, La Administración Pública Nacional y La Propiedad que estuvieran conformadas por tres o más integrantes que estuvieran procesados por los delitos contemplados en el inciso anterior, y estos hubieran acaecido en el mismo hecho delictivoque hubieran participado como autores o coautores” de los delitos antes mencionados.

Indica que la suspensión de la personería jurídica se producirá hasta tanto se dicte resolución judicial definitiva que produzca cosa juzgada debiendo levantarse la misma en caso de sobreseimiento y en caso de condena se dará de baja la personería.

Asimismo, define la suspensión de la personería a organizaciones que al momento en que la misma, por acción de sus administradores o representantes, se vea involucrada en la comisión de algún delito, sin importar su tipo, en un todo de acuerdo con los Artículos 43º y 48º, inciso 2do. del Código Civil de la Nación.

El senador Gerardo Morales, recordó que el radicalismo viene planteando la necesidad de establecer un acuerdo de convivencia para recuperar la paz social, “alterada desde hace varios años en Jujuy por el accionar violento de algunas organizaciones sociales, en particular la Tupac Amaru y la Red de Organizaciones Sosicales”.

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