El concejal del bloque Gen-CC, presentó un proyecto referido a la incorporación en las boletas de pago de abl de la inscripción de los números telefónicos de las oficinas municipales que componen dicho tributo.
Que son los vecinos de Chacabuco contribuyentes activos de la comuna, lo que constituye una obligación que debe estar siempre ligada al derecho de peticionar ante la Administración, y;
Considerando:
Que una de las principales obligaciones en cabeza de los vecinos de la comuna es abonar los distintos tributos municipales que le son exigidos, siendo el ABL (alumbrado, barrido y limpieza) por su propia naturaleza la tasa municipal mas representativa de la obligación a la que se hace alusión,
Que existe siempre latente, la posibilidad de que algún vecino requiera la intervención del Municipio en alguna problemática relacionada con algunos de los servicios comprendidos en esta tasa municipal,
Que pueden esos requerimientos estar relacionados con variadas situaciones, tales como la prestación irregular del servicio, inquietudes respecto a su debida prestación, reparación de objetos lumínicos, efectiva recolección de residuos, lugares afectados al barrido público entre otros,
Que el derecho de nuestros vecinos a peticionar ante las autoridades es una posibilidad que muchas veces se ve truncada por la dificultad que estos encuentran en la falta de información respecto a los lugares encargados de receptar sus reclamos y quejas,
Que con el objetivo de facilitar o agilizar cualquier tipo de reclamo, la Administración local debe tender a una mayor operatividad en la relación con los contribuyentes, otorgando a los mismos tanto la información como las herramientas necesarias para lograrlo,
Que se hace indispensable la comunicación directa entre las oficinas municipales y los contribuyentes en pos de lograr solución a reclamos que en algunos casos suelen ser urgentes,
Por ello,
El Bloque de Concejales del GEN - Coalición Cívica
en uso de sus atribuciones propone el siguiente:
PROYECTO DE ORDENANZA
Articulo 1º: El Departamento Ejecutivo Municipal, procederá a la incorporación en las boletas de pago de ABL (Alumbrado, Barrido y Limpieza) que serán enviadas a los contribuyentes del Partido de Chacabuco, de la inscripción de los números telefónicos de las oficinas municipales relacionadas con los servicios que componen dicho tributo.
Articulo 2º: Los números telefónicos serán expresados de manera escrita en la Boleta de ABL, diferenciándose el color de su escritura del contenido habitual de la misma y ubicados en lugar de fácil visualización. Serán además correctamente referenciados con la consecuente leyenda que enunciará de manera clara el nombre de la oficina municipal a la que pertenecen, denunciándose además la obligación de las mismas de receptar los reclamos pertinentes.
Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal tendrá 60 (SESENTA) días a partir de la promulgación de la presente para su efectiva implementación.
Artículo 4º: De forma.
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