PROVINCIALES EL EJECUTIVO PROVINCIAL Y LA LEY 648

“Hace más de tres años que estamos con esto”El Ministro Jefe de Gabinete aseguró ayer que recién el año pasado desde el Ministerio de Economía se planteó la duda sobre los alcances de la ley 648. Pero en octubre de 2011 la Gobernadora aseguró públicamente que desde Ejecutivo hacía “tres años que estamos con esto”, y que incluso el tema había sido planteado ante la Legislatura.
Por otra parte, un ex funcionario de la gestión Ríos aseguró haber presentado a fines del 2009 un informe a Ríos planteando la incorrecta aplicación de esa ley.

“Es una absoluta falsedad. Se ha repetido hasta el hartazgo desde el Gobierno, tanto los funcionarios como la propia Gobernadora, que desde el año pasado se anotició desde el área de Economía sobre la aplicación de la ley, y para evitar una errónea aplicación, consideramos prudente hacer una declaración de certeza”, aseguró ayer el Ministro Jefe de Gabinete. De esta manera, el funcionario pretendió dar por tierra con la sospecha planteada por el intendente Federico Sciurano, quien en la conferencia de prensa brindada el lunes de esta semana había señalado que “sería lamentable que nos enteráramos mañana de que esta situación, teóricamente, el Gobierno de la Provincia la conoce desde hace varios años”.

Claro que las declaraciones formuladas por Aramburu a FM Master’s durante la tarde de ayer contradicen abiertamente lo que el 7 de agosto del año pasado sostenía públicamente la gobernadora Ríos. En ese entonces, y en el marco de una conferencia de prensa, la mandataria confirmaba la decisión de recurrir a la Justicia para que precisara cuál debía ser la correcta interpretación del artículo 60 de la ley 648, a la vez que aseguraba que en el Ejecutivo “hace más de 3 años que estamos con esto, y otro ministro de economía lo planteó en la Legislatura”.

A esta contradictoria situación en cuanto al momento en el que el Ejecutivo fueguino cayó en la cuenta de la existencia de una potencial errónea aplicación de la ley 648, también el día de ayer se sumó otro elemento que parece dejar en “posición fuera de juego” al hombre fuerte del gabinete provincial, ya que un ex funcionario de Ríos aseguró haberle presentado a fines de 2009 un informe a la Gobernadora alertando sobre la incorrecta aplicación que se estaba haciendo de esa norma, y el prejuicio que ello había ocasionado al presupuesto de la Administración Central.

En diálogo con EDFM, Víctor Díaz recordó que para fines de diciembre de 2009 “habiendo ya renunciado al cargo de Subsecretario de Ingresos Públicos y desempeñándome como asesor del Legislador Raimbault, elaboré un informe sobre la ley 648 y sobre como debería determinare el 25% que la ley de educación, y sus modificatorias, afecta al sostenimiento del sistema educativo provincial, que remití a la gobernadora Fabiana Ríos, al por entonces ministro de Economía, Rubén Bahntje, y con posterioridad a la doctora Eleonora Di Maio, que ocupaba la Secretaría Legal y Técnica”.

Si bien dijo desconocer que se hizo dentro del Ejecutivo con ese trabajo, explicó que en ese informe “sostenía que del análisis de la normativa vigente surgía que se estaba liquidado mal la coparticipación a los Municipios, por lo que el Ejecutivo tenía que evaluar la posibilidad de corregir ese accionar para ajustarse a la ley de educación. Es decir, que de los ingresos totales de la provincia había que detraer el 25% para destinarlos al presupuesto educativo y sobre el remanente practicar la distribución primaria de la coparticipación provincia–municipios”. Afirmó que, a su entender, no existe duda alguna sobre el mecanismo legislativo planteado para el financiamiento del sistema educativo, por cuanto la ley de educación, y sus modificatorias, determinó que a tal fin se afectan “los recursos de rentas generales, que están conformados mayoritariamente por los recursos provenientes de la Coparticipación Federal de Impuestos, Regalías Hidrocarburíferas y los provenientes de la recaudación provincial, y al tener esa afectación específica deben detraerse antes de la distribución primaria de esos recursos”.

“No… no… recién ahora; no. Error”

En medio de la controversia que se había suscitado a fines del año pasado entre los ejecutivos provincial y municipales, por la decisión del primero de incorporar dentro del proyecto de presupuesto para el ejercicio 2012 la creación de dos fondos afectados específicamente a Educación y Salud que se constituirán con un porcentaje de la coparticipación de los regímenes federales, previo a su distribución a los municipios, la gobernadora Ríos convocó el 7 de octubre del año pasado a una conferencia de prensa para responder los planteos que sobre esa pretensión habían formulado de manera conjunta los intendente de Ushuaia, Río Grande y Tolhuin.

En esa oportunidad EDFM consultó a la Gobernadora respecto del anuncio que horas antes habías formulado su ministro de Gobierno, en cuanto a que el Ejecutivo provincial recurriría a la Corte Fueguina para que fuera la Justicia clarificara de qué manera debía aplicarse la ley 648. Es decir, si el 25% de los recursos destinados a Educación debían aplicarse de manera previa o posterior a la distribución de coparticipación a los municipios.

– “Sí, está trabajando Legal y Técnica”, respondió Ríos.

–Una vez que se tenga la respuesta se va a convocar a los Municipios, Legislatura y Poder Judicial, porque retraer el 25% de la masa total de recursos va a generar necesariamente una reformulación integral del presupuesto para el próximo año.

– Y, seguramente… digo… yo no me puedo adelantar a los resultados. Lo que me parece es que ha habido una decisión de la Legislatura de establecer lo que claramente parecería estar en un sentido y que evidentemente no ha sido muy claro para los gobiernos que nos precedieron, porque esta ley no es de hace 3 años atrás, es lejana en el tiempo. La cuestión es que lo que se ha efectuado no es lo que dice la ley, y frente a esto, digamos, una interpretación arbitraria de parte nuestra seria judicializada, y por lo tanto corresponde que en términos institucionales la falta de certeza respeto de un artículo, la interpretación la deban hacer los jueces (…)

– Usted decía que esta ley tiene varios años y nunca se había cumplido, porqué recién ahora el Gobierno lo plantea…

–… no… no, recién ahora; no. Error, hace más de 3 años que estamos con esto, hace más de tres años…

– Pero en la primera vez que se planeta públicamente

–¿Sabe que no? No, no, no… se planteó en La legislatura, otro Ministro de Economía lo planteó públicamente.

Lo que planteaba el informe Díaz

“Es de central importancia poder realizar un análisis del artículo 1º de la Ley Provincial Nº 648 el cual establece que “La inversión en el sistema educativo por parte del Estado Provincial se atenderá con los recursos mencionados en el artículo anterior y no podrá ser inferior al veinticinco por ciento (25,00%) del Presupuesto General de la Provincia.”, ya que el mismo genera sistemáticamente importantes debates y controversias, la necesidad de dilucidar esta situación obliga a que se realice un profundo análisis que dé certeza de la correspondiente interpretación del artículo en cuestión. Para ello es necesario abordar las reformas que se han realizado a la Ley de Educación desde su sanción hasta la modificación realizada por Ley Provincial Nº 648, como también a la normativa en materia presupuestaria que rige en la provincia”. De esta manera comienza el informe que a fines de 2009 elevó Víctor Díaz al Ejecutivo Provincial.

Tras realizar un pormenorizado repaso de los antecedentes legislativo referidos al tratamiento de la ley de Educación (ley 159), y sus posteriores modificatorias (leyes 167 y 648), indicaba que partir de la última norma mencionada surge “claramente que se deben deducir primero del total de recursos que ingresan a rentas generales de la Provincia el 25% y afectarlo a la Finalidad Educación, para luego proceder a distribuirlos en el resto de los regímenes de distribución que contempla la normativa vigente”. A ello agregaba que además “queda un aspecto final y que no tiene que ver con un análisis normativo, sino más bien tiene que ver con la revisión de la liquidación de los fondos de rentas generales y como se realizo su correspondiente liquidación y, por ende, si se tuvo en cuenta el aspecto sustancial que ha surgido del análisis de la Ley Provincial Nº 648. Del análisis de los decretos que establecen la percepción definitiva de recursos de rentas generales que son coparticipables con los municipios, nos encontramos con que no han sido liquidados teniendo en cuenta las prioridades establecidas por la normativa vigente, por lo que nos encontramos con importantes diferencias que generan un crédito para la Provincia” que a diciembre de 2009 había sido calculado en 347,6 millones de pesos.

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