Provincia propuso volver a participar de la regulación de la concesión del Cerro

Es para evitar que la judicialización del proceso de municipalización de la concesión iniciada por CAPSA, deje al Estado sin capacidad reguladora. Durante una audiencia en Tribunales de Viedma, el gobierno rionegrino planteó la posibilidad de crear un Ente tripartito -Provincia, municipio, sector privado- para controlar la concesión durante la temporada invernal que se aproxima.
Con esta medida, el gobernador avaló la propuesta inicial de su ministro de Turismo, quien había anticipado que debía buscarse una salida al conflicto judicial. CAPSA aceptaría el cambio de concedente. Municipio ratificó funcionamiento de Ente local.

Durante una audiencia judicial celebrada en los Tribunales de Viedma, el gobierno rionegrino propuso crear un Ente tripartito para la regulación del contrato de concesión de los medios de elevación, ante el planteo realizado por la empresa CAPSA.

La firma concesionaria oportunamente llevó a la Justicia su reclamo por el cambio en el actor concedente de la explotación de los medios de elevación, cuando se produjo la municipalización del Cerro.

Oportunamente, y ante el avance del proceso judicial, el ministro de Turismo rionegrino, Ángel Rovira Bosch, planteó la necesidad de buscar una salida al conflicto, recreando un Ente Regulador con la presencia provincial. La idea fue asumida por los sectores políticos de Bariloche como un intento por hacer retroceder el proceso de municipalización. Sin embargo, ahora el propio gobernador Alberto Weretilneck avala la postura de Rovira Bosch, y en el marco de la audiencia conciliatoria reiteró aquella alternativa.

Para la provincia, "estas diferencias entre la comuna y la empresa pusieron en crisis la legitimidad de la transferencia del recurso turístico por parte de la Provincia a la Municipalidad", se indicó en una gacetilla de prensa emitida por el gobierno rionegrino al término del encuentro en la Justicia.

Sin embargo, en horas de la tarde la Municipalidad emitió un comunicado a través del cual se ratificó que "se revalidó la potestad que posee el EAMCEC (Ente municipal) para ejercer el control y el poder de policía de la concesión que detenta CAPSA en el cerro Catedral", y se aseguró que ese organismo "velará por la seguridad de todos los usuarios, el cual continuará prestando las funciones para el cual fue creado".

Por su parte, Weretilneck instruyó al Fiscal de Estado para que "arbitre los medios tendientes a subsanar las diferencias que existen entre las partes involucradas en la administración del Cerro Catedral, cuya titularidad volvió a manos del Municipio oportunamente. El objetivo es asegurar la correcta prestación del servicio público de medios de elevación a las pistas de esquí en dicho centro turístico", señaló el Ejecutivo provincial.

La medida "se fundamenta en la decisión del Gobierno Provincial de generar un espacio de diálogo que permita zanjar estas diferencias, a partir de la creación por ley de un Ente regulador del servicio de explotación del Cerro Catedral con participación de la Municipalidad, Provincia y privada".

Si bien se ratificó que "el Municipio es el titular del Cerro Catedral y, consecuentemente, del poder concedente", lo cierto es que la Provincia volvería a tener ingerencia en el control del contrato de concesión.

"Este nuevo Ente tendría a su cargo, además, la estricta supervisión del cumplimiento de las obligaciones por la empresa concesionaria Catedral Alta Patagonia en lo referente a la explotación del servicio de acuerdo al destino y finalidad con que fue concebido cerro y en orden a las previsiones del marco legal y contractual", planteó el gobierno.

Asimismo, este órgano será el encargado de establecer los principios rectores a cumplir por todas las partes como políticas de Estado para la explotación del recurso turístico.

En tal sentido, desde el Gobierno Provincial se aclaró que "el objeto de la transferencia fue la propiedad del recurso, es decir, el Cerro Catedral y su poder concedente. Pero no fue transferido al Municipio la autoridad de aplicación del servicio, ya que esta facultad la detentaba por ley el ENRECAT (Ente Regulador del Cerro Catedral)".

"Esta nueva medida se hace necesaria ante la advertencia por parte de la Provincia, como supervisora del cumplimiento del cargo por el cual transfirió el cerro Catedral al Municipio, de la existencia de riesgo en la prestación, continuidad y regularidad del servicio público en lo referente al ejercicio de la autoridad de aplicación Municipal, ya que ello no fue objeto de la transferencia", se explicó.

Asimismo, con la iniciativa provincial, "se avanza en la posibilidad de que la concesionaria(CAPSA)desista de su oposición a que la propiedad del Cerro Catedral recaiga en manos del Municipio de San Carlos de Bariloche, ya que, es de suponer que a partir de la misma considere resguardados sus derechos patrimoniales".

En tal sentido, "queda establecido en el Acta que la empresa concesionaria retira y renuncia a dicha pretensión, por lo que presta expresa conformidad y renueva la manifestación, por la que oportunamente se comprometió, de aceptar irrevocablemente el Cambio de Concedente".

La Provincia, en tanto, "detenta, ejerce y se reserva la facultad de controlar y supervisar el efectivo cumplimiento del cargo, marco legal, contractual y regulatorio del servicio público comprometido en el Área Catedral".

Asimismo, en la búsqueda de consenso, se establece como condición que la Provincia tome la debida intervención, necesaria y obligatoria, en todos los procesos de la celebración y renegociación de los respectivos contratos de concesión, que presente la empresa al Municipio.

Por otra parte, se propone una serie de principios rectores para la relación que une a las partes. Uno de ellos estipula que la concesión del servicio público de medios de elevación y transportación de montaña del Cerro Catedral, tenga el rango de Ley de la Provincia.

También, se declara la independencia y autonomía funcional del Ente Regulador y Autoridad de Aplicación que ejerce el control del servicio público esencial comprometido en todo el marco legal y contractual.

De esta forma, "se considera la creación del Ente regulador del C.A.C como un órgano constitucional y legal, de existencia necesaria, que se debe constituir como un Ente descentralizado del titular de dominio con el ejercicio del poder concedente; con plena autonomía funcional del mismo; y por ende, con independencia de sus órganos en la dirección, y administración del C.A.C". (ANB)

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