Desde ayer, las compras de divisas en bancos y casas de cambio deberán ser avaladas por la AFIP. La mayoría de los bancos aún no han adecuado sus sistemas. Se apunta a detectar operaciones de lavado.
La Resolución 3.210/11 de la AFIP tiene 12 artículos y alcanza a todas “las operaciones de venta de moneda extranjera -divisas o billetes- en todas sus modalidades efectuadas por las entidades autorizadas, cualquiera sea su finalidad o destino”.
Los nuevos controles del ente recaudador establecen que cualquier persona que quiera concretar una operación de compra-venta de dólares deberá presentar su documento de identidad y la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) o el Código Único de Identificación Laboral (CUIL).
De todas maneras, las operaciones de compra de dólares no podrán realizarse momentáneamente a través de internet, cajeros automáticos o banca telefónica, debido a cuestiones técnicas.
Sobre el nuevo régimen de operaciones con divisas, desde el Banco Nación señalaron a UNO que todavía no se pudo concretar la adecuación del sistema informático para realizar este tipo de operaciones, por lo cual hoy no se está vendiendo dólares; y añadieron que mañana se operará con normalidad.
Por otra parte, desde el Banco Galicia indicaron que la entidad está vendiendo, pero que hoy no hubo demanda de divisas. Y aclararon que el tope de compra sigue siendo los establecidos por el Banco Central.
“Paraná no es una plaza que compre muchos dólares, pero igual tiene un mercado fluído. No se todavía cómo van a impactar estas medidas, porque la mayor parte de la compra se hacía a través de internet y esta operatoria está suspendida hoy hasta que los bancos adecúen los sistemas”, explicó a UNO el corredor de bolsa Oscar Michel, acerca del mercado cambiario local.
Consultado sobre la manera en que afectará la nueva disposición a los importadores y exportadores, Michel precisó que “no van a controlar qué se va a hacer con los dólares, sino si el adquiriente tiene la capacidad para realizar dicha compra de divisas. La idea es justificar el ingreso de los pesos para comprar los dólares. Si la empresa tiene la capacidad y tiene registrados sus movimientos en la AFIP, puede comprar dólares tranquilamente y hacer lo que quiera, sea exportar o importar”.
Finalmente, sobre el eventual desdoblamiento del tipo de cambio -un precio fijo para exportaciones e importaciones, y uno liberado para demás operaciones- que podría generarse a partir de los nuevos controles, el entrevistado señaló que “se sabe que hay un tipo de cambio paralelo y eso se maneja desde la parte informal de la economía. Pero políticamente no van a implementar un desdoblamiento. Pero ahora sería muy prematuro saber cómo va a afectar esta medida a la economía, hay que esperar a ver el mecanismo de estos controles”.
Casas de cambio
Por su parte la responsable de la sucursal de la casa de cambios Valuar, Milagros Kuroski indicó que la reglamentación de la norma recién se está dando a conocer. “Recibimos esta mañana temprano asesores de la AFIP que se acercaron hasta la sucursal y vinieron a traer un manual operativo, que tiene que ver con las búsquedas y cómo cada cliente puede evaluar su situación fiscal respecto de la compra de dólares”, indicó a APF.
Por eso, “por el momento estamos habilitando las claves y haciendo el instructivo de cómo vamos a operar para hacer las consultas on line de este tema”, comentó la vocera.
Al respecto, señaló: “Nosotros veníamos haciendo todo tipo de consultas respecto de la reglamentación cambiaria que tenía que ver con el lavado de dinero, evitar el financiamiento al terrorismo, pero hasta ahora no tenía incumbencia la AFIP”.
“Ahora, además de las búsquedas que veníamos haciendo normalmente hay que hacer una nueva búsqueda que es en los padrones de la AFIP. Se va a ingresar el tipo de operación, el contribuyente y la AFIP tiene la última palabra acerca de si la operación se va a habilitar o representa alguna inconsistencia”.
Estas últimas “pueden ser, por lo que nos comentaban los funcionarios de AFIP del tipo formal, como un domicilio erróneo o las que tienen que ver con los ingresos”, ilustró la responsable.
“Aquellos que no tengan Clave Fiscal tienen que acercarse a la sucursal de AFIP, presentar una serie de documentación que figura en su página y pedir el CDI, que sería en primera instancia la clave de identificación para poder operar”, añadió Kuronski.
Respecto a la normativa, “lo que no está contemplado todavía, por eso estamos a la espera de la resolución, es que va a pasar con los casos puntuales cuando la AFIP, por lo datos que ellos tienen para cruzar, tira como inconsistencias”. Y ejemplificó: “Los extranjeros que no tienen Cuit, Cuil o CDI, que no están registrados en nuestro sistema tributario pero que por una cuestión obvia de turismo necesitan hacer un cambio de moneda”.
Por último, sobre el mercado paranaense, señaló: “Venía movido por una cuestión lógica que tiene que ver con las distintas restricciones que habían puesto los bancos en este último tiempo para la venta y por ser la única agencia de cambio en la ciudad. Paraná se mueve al mismo ritmo que el resto del país, previo a las elecciones hubo un movimiento mayor, luego la gente con el tema de las distintas inspecciones de AFIP por ahí se abstuvo un poco de comprar, pero es mas o menos lo mismo que se ve en todas partes”, concluyó.
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