Los concejales Ricardo Petraglia y Rodolfo Pedernera, del bloque del MID, exponen que “En razón de que las exigencias de la Provincia de buenos Aires para con los propietarios de vehículos , la razonable Verificación Técnica Vehicular -VTV- ...
Texto Completo:
“Los abajo firmantes concejales del Movimiento de Integración y Desarrollo se dirigen a Ud. para dar entrada y posterior tratamiento al siguiente Proyecto de Comunicación.
VISTO
Que en la Provincia de Buenos Aires la Verificación Técnica Vehicular –VTV- es obligatoria.
Que la misma da mayores garantías de seguridad a los vehículos que circulan y se registran un menor número de accidentes por fallas técnicas en los vehículos.
Que de acuerdo a lo que reza la Ley de Tránsito 11430 en su artículo 22 en donde dice que “todos los vehículos destinados a circular por la vía pública están sujetos a una revisión técnica, además el Decreto 4103/95 de la misma provincia regula el sistema de Verificación Técnica del parque automotor. Y
CONSIDERANDO
Que esta exigencia -absolutamente válida- que marca la Ley provincial no tiene , por parte de la Provincia de Buenos Aires , la correspondencia de brindar una infraestructura de rutas provinciales que presenten condiciones de circulación segura, dado el deterioro de las capas asfálticas.
Que, en muchas ocasiones, los vehículos que transitan por las mismas , a pesar de contar con las condiciones técnicas requeridas por la VTV sufren roturas y/o padecen accidentes a consecuencia del pésimo estado de las rutas provinciales.
Es por estas razones que presentamos el siguiente
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Artículo 1°.- Solicítese a las Honorables Cámaras Legislativas de la Provincia de Buenos Aires sancionen legislación conducente a responsabilizar al Gobierno de la provincia por los accidentes automovilísticos provocados por el mal estado de la cinta asfáltica de las rutas que están bajo responsabilidad de Vialidad de la Pcia. , como así también de aquellas roturas provocadas en los vehículos cuya causa sean las imperfecciones de la infraestructura de las rutas provinciales.
Artículo 2°.- En razón de la obligatoriedad de la VTV, quienes hayan cumplimentado en tiempo y forma la misma y sufran accidentes a consecuencia del estado de deterioro de las rutas provinciales, se sugiere legislen la excepción del pago de la Verificación por periodos a consignar de acuerdo al nivel de daños recibidos”.
Art.3|.- De forma

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