El Superior Tribunal de Justicia, en la reciente reunión de Acuerdos del miércoles 25 de abril, aprobó y envió al Poder Legislativo, un proyecto de modificación a la ley 1310 (de creación del Consejo de la Magistratura), tendiente a permitir, que las nóminas de aspirantes que hubieren ...
Desde la sanción de la ley 1310, corresponde al Consejo de la Magistratura proponer ante la Legislatura Provincial los candidatos a magistrados y funcionarios del Ministerio Público de conformidad al artículo 166 de la Constitución Provincial, mediante una nómina de candidatos, no inferior a tres, que se elevará a tal fin, luego de la evaluación en concurso de antecedentes y de oposición.
Desde su sanción, - dice el STJ entre los fundamentos del proyecto de ley - las nóminas de candidatos que elabora el Consejo de la Magistratura, fenecen al término de cada concurso, disposición legislativa que no contempló el incremento en los cargos concursables, por bajas continuas de magistrados y funcionarios, generalmente por alcanzar los requisitos para obtener el beneficio jubilatorio. Esta situación implica la anómala consecuencia de que para cargos similares, del mismo fuero e instancia, deban realizarse sucesivamente diversos concursos, con prácticamente los mismos aspirantes, que deben someterse a las mismas etapas de evaluación, con el consiguiente desgaste, no sólo para ellos mismos, sino para todo el sistema concursal, que debe repetir los mismos procedimientos para cargos y aspirantes similares.
La reforma que entonces se propone, consiste en determinar que las nóminas de aspirantes que hubieren aprobado las distintas etapas de evaluación (Oposición, Antecedentes y Entrevista Personal), tengan un año de vigencia, desde que fueron publicados los promedios definitivos de las tres etapas antes señaladas, pudiendo el Consejo de la Magistratura elevar las ternas que en casa caso corresponda, de acuerdo a la previsión del mismo artículo 7 de la ley 1310.
La reforma pretende agilizar el mecanismo de concursos, dotar de mayor alcance temporal a los resultados globales obtenidos por los aspirantes y evitar el desgaste material y personal que supone la reiteración de concursos para cargos similares, cuando ya se han superado los parámetros mínimos para integrar las nóminas de aspirantes aprobados.
La propuesta, formulada a partir de la atribución que al Superior Tribunal de Justicia, confiere el artículo 170 inciso 8 de la Constitución Provincial, consiste entonces en incorporar un párrafo al artículo 7 de la ley 1310 indicando que los resultados de los Concursos de Oposición, Antecedentes y Entrevistas Personales, tendrán un año de vigencia a partir de la publicación de los promedios globales de las tres etapas que incluyen el Concurso, para todos los cargos vacantes de similar fuero e instancia al que se corresponde la nomina correspondiente.
Con la propuesta, se pretende ganar en agilidad en la remisión de las nominas de candidatos a cargos de Magistratura, adoptando un mecanismo similar al que tienen otras jurisdicciones, como la Provincia de Córdoba.
Cabe recordar que en la Legislatura, hace tiempo obran propuestas del Consejo de la Magistratura para cubrir cargos en el Tribunal del Trabajo y en la Defensoría de Pobres y Ausentes de Cámara.
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