Promueven medidas para evitar las "salideras bancarias"

Desde el Concejo Deliberante de la Capital se presentó un proyecto de Ordenanza que apunta a la implementación de medidas para evitar la comisión de delitos cuando los ciudadanos concurran a los bancos a realizar retiros de fondos. Prevén la aplicación de duras sanciones para las instituciones crediticias que no apliquen las medidas de seguridad.
Los ediles oficialistas Raúl Pellegrini y José Franco presentaron un proyecto de Ordenanza que propones la implementación de medidas en las entidades bancarias para combatir "salideras bancarias" en las entidades ubicadas en el ámbito de la municipalidad de San Miguel de Tucumán.

La norma establece que los bancos deberán adoptar las siguientes medidas para evitar delitos en el que son víctimas las personas que concurren a los bancos a realizar retiros de sumas de dinero.

Las medidas a implementar, en caso de la sanción y promulgación de la Ordenanza, serían:

* Conformar barreras visuales para darle privacidad y seguridad a las operaciones y transacciones de los clientes.

* Instalación de inhibidores de teléfonos celulares en el interior de los locales, ya que la sola prohibición resulta insuficiente para impedir esta actividad delictiva, medida que ha de contribuir a evitar la “marcación” de las eventuales víctimas.

* Colocación de cámaras de seguridad en la y/o las puertas de acceso y en las inmediaciones de los locales.

Las generales de la disposición alcanza a "todos los bancos, financieras y casas de cambio, sean casas centrales o sucursales, existentes o que se radiquen en el futuro en el ámbito territorial de la Ciudad de San Miguel de Tucumán, deberán colocar obligatoriamente, en todas las cajas habilitadas en sus locales, cualquiera sea el tipo de operación y/o transacción que en ellas se efectúe, biombos o muros divisorios que den privacidad, evitando que terceras personas visualicen las operaciones que los clientes realizan".

Según el proyecto las entidades tendrán un plazo de sesenta (60) días, a partir de la fecha de publicación de la reglamentación, para adecuarse a lo establecido en la ordenanza, debiendo los gastos correr por cuenta y órden de cada banco y/o financiera.

El incumplimiento de la ordenanza será sancionado con multa, otorgándosele un nuevo plazo de treinta (30) días vencido el cual, si se mantiene el incumplimiento, la sanción será la clausura del local hasta que se materialicen las obras de adecuación a la presente ordenanza.

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