Promueven denuncia de Goye contra Cascón y la Junta Electoral

Promueven denuncia de Goye contra Cascón y la Junta Electoral
Lista

La denuncia penal formulada por el intendente electo, Omar Goye, contra el actual intendente Cascón y los integrantes de la Junta Electoral Municipal ingresó al Juzgado de Instrucción 4 de Ricardo Calcagno luego de ser promovida por el fiscal Guillermo Lista.

El fiscal Guillermo Lista elevó al Juzgado de Instrucción 4 a cargo de Ricardo Calcagno, la acción penal que inició el intendente electo de Bariloche, Omar Goye, contra el actual intendente Marcelo Cascón, y los integrantes de la Junta Electoral Municipal, Darío Rosatto, Marcos Miguel y Néstor Alejo Sulleiro.

La Oficina de Prensa del Poder Judicial informó que Rosatto, Miguel y Sullerio resolvieron en dos expedientes del 25 de agosto de este año no hacer lugar al pedido de oficialización del candidato por el Partido Justicialista (PJ), Omar Goye, al cargo de Intendente Muncipal por estar supuestamente comprendido en la inhabilidad establecida en el Art. 26 inc. 3º de la Carta Orgánica Municipal y en el Art. 34 del Código Electoral Municipal Ordenanza Nro. 1953-CM-09.-

De acuerdo a la denuncia formulada posteriormente por Goye, tanto los nombrados el Intendente Cascón, habrian incurrido en aseveraciones falaces que no se condecían con su real situación para decidirse de ese modo a inhabilitarlo.

En la misma presentación se indican afirmaciones falaces, que intentaron en su momento hacer caer la candidatura, siendo ello dado a publicidad, sin medir las consecuencias con ostensible intención de perjudicar a Goye y el consabido perjuicio para el interesado.

Fundamentos de la Promoción de Acción Penal

Ha consigando el Fiscal Lista: "...La falsedad surge en tanto que en todos los hechos denunciados no hay sentencia firme. Al tiempo que agregó:"...Cabe enfatizar que el proceder denunciado sobre cada uno de los involucrados, aparece "prima facie" vinculado con la conducta prevista y penada en el art.239 del Código Penal, que reprime el delito de Falsedad Ideológica, que para los casos analizados, ha considerado el accionar de agentes de la administración pública municipal , tanto los integrantes de la Junta Electoral Municipal, como del titular del ejecutivo municipal.

Los primeros, al insertar en una resolución que inhabilitó al ciudadano Omar Goye como candidato a Intendente Municipal, una serie de apreciaciones "falaces" dando por acreditado que era deudor del erario municipal, por "sentencia firme", suficiente para decidir de esa manera, interpretando darse el presupuesto previsto por el Art.26 inc.3ero. de la Carta Orgánica Municipal y el Art. 34 del Código Electoral Municipal Ordenanza Nro.1953-CM. 09, cuando ello no era acorde con la realidad y que para evitar bien pudieron haber tomado los recaudos necesarios de indagar la situación , ya sea recibiendo asesoramiento o realizando un mejor análisis de los expedientes considerados.

En tanto para el Intendente Marcelo Cascón, quien al expedir la certificación que daba por cierto en las causas seguidas a Omar Goye la existencia de deudas con "sentencia firme" inexisistentes en ambos expedientes, presentados a los integrantes de la Junta Electoral Municipal, llevandolos a insertar tales falsas aseveraciones como fundamento de la Resolución que decidió inhabilitarlo como candidato a Intendente, con el consabido perjuicio que la situación originó, al haber tomado el hecho repercusión pública, ademas de tener Goye que pagar bajo protesta una deuda que no era tal y en un monto exhorbitante para de ese modo asegurar su participación en la contienda electoral del 2 dse Octubre de 2011.-

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