Prohibido publicitar los actos de gobierno

Así lo establece el Código Electoral Nacional y la veda rige durante los 15 días previos a las elecciones primarias obligatorias.
El cronograma electoral nacional para las elecciones primarias establece que a partir de hoy, y hasta el 14 de agosto, fecha en que se realizará el acto electoral, está prohibido realizar publicidad de los actos de gobierno.

Con esta norma, que está contemplada en el Código Electoral Nacional (CEN), se tiende a evitar la promoción de acciones tendientes a la capitación de votos a favor de determinados candidatos.

Las normas y pautas relacionadas con la publicidad de los actos de gobierno se encuentran establecidas en el artículo 64 quater del Código Electoral Nacional.

El primer párrafo de ese articulado señala que durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan expresamente la captación de votos a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.

En tanto, el segundo párrafo indica que queda prohibido, durante los 7 días anteriores a la fecha fijada para la celebración del comicio, la realización de actos inaugurales de obras públicas.

También el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que tienda a promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.

A través de estas pautas se garantiza un estado de igualdad entre los competidores a los cargos electivos que estarán en juego.

En el caso de Salta, en las elecciones primarias se votará para definir candidatos a presidente y a vicepresidente y candidatos a diputados nacionales para las elecciones generales del 23 de octubre próximo.

En esos comicios, el electorado salteño elegirá a cuatro diputados nacionales para renovar igual número de representantes en la Cámara baja del Congreso Nacional.

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