Prohíben la pesca del dorado

El Ministerio de Producción, a través de la Dirección General de Bosques y Fauna, informa que en virtud de la Resolución Nº 900/10 se prohíbe la pesca del Dorado (Salminus maxilosus) en aguas de jurisdicción provincial desde el 1 de noviembre del corriente año hasta el 28 de febrero del año 2012, ya que en este período se lleva a cabo la reproducción y el desove de la especie.

Por tal motivo, los ejemplares y cupos permitidos por pescador son: Tararira o Soco 8 piezas y 40 cm. de tamaño mínimo, Bagres, Bogas y Sábalos 10 piezas con tamaño mínimo de 30 cm.

Cada pescador puede extraer un máximo de 15 piezas varias respetando los cupos, siempre unidos de su correspondiente Licencia de Pesca Deportiva, que otorga la Subdirección de Fauna.

Además, comunica que se encuentra prohibido el uso de explosivo, redes, yo-yo, canasta, flechas y tramayo. Sólo se permite el uso de caña, reel, anzuelo y carnada viva o señuelo, desde la orilla o embarcados.

Recuerda también que los puentes, caminos y banquinas, no son lugares habilitados para la pesca deportiva

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