El lunes pasado, el concejal Gabriel Jara y demás integrantes del Interbloque del Frente Amplio Progresista, presentaron el proyecto de ordenanza (de su autoría) según expediente 9464/12: "Programa Municipal de Prevención para la Salud Femenina". Se adjunta copia del proyecto.
Artículo 1º.- Créase el Programa Municipal de Prevención para la Salud Femenina.
Artículo 2º.- El Programa Municipal de Prevención para la Salud Femenina tiene por objeto la realización de un diagnóstico precoz para detectar posibles enfermedades, la derivación en los casos que así lo requieran y la concientización sobre la necesidad de realizar controles periódicos por parte de la población femenina.
Artículo 3º.- El Programa Municipal de Prevención para la Salud Femenina funcionará bajo la órbita de la Secretaría de Salud, en el Centro de Atención Primaria Ramón Carrillo, en días y horario que establecerá el Departamento Ejecutivo en la reglamentación.
Artículo 4º.- El Programa Municipal de Prevención para la Salud Femenina consistirá en la realización de los estudios Papanicolau, Colposcopía y Mamografía, en forma prioritaria. Asimismo podrá realizar también ecografías y cualquier otra práctica que el cuerpo médico estime conveniente.
Artículo 5º.- El Programa Municipal de Prevención para la Salud Femenina contará con un equipo formado por médicos ginecólogos, técnicos en mamografía, técnicos en ecografía y los profesionales y el personal que el Departamento Ejecutivo considere necesario.
Artículo 6º.- Impleméntese un Sistema de Historia Clínica para las pacientes que se atienden por el Programa Municipal de Prevención para la Salud Femenina, con el fin de realizar un control y seguimiento.
Artículo 7º.- Facultase al Departamento Ejecutivo a realizar los convenios de asistencia médica necesarios para la derivación rápida de aquellos casos donde se detecten enfermedades de riesgo, para que las pacientes puedan seguir el tratamiento adecuado sin demoras.
Artículo 8º.- Se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias a fin de dar cumplimiento a la presente ordenanza.
Artículo 9º.- Realícese una amplia campaña de difusión, en forma permanente, de la presente ordenanza.
Artículo 10º.- De forma.
FUNDAMENTOS
La salud es un derecho consagrado en nuestra Carta Magna. Estamos convencidos que todo lo referente a la Salud debe ser una prioridad en nuestro distrito y hay que hacer los esfuerzos económicos necesarios en este sentido.
Con un Papanicolau y una Colposcopía, que no requieren de grandes recursos económicos, se pueden detectar posibles enfermedades de riesgo como el cáncer de cuello de útero, que con un diagnóstico precoz tiene un pronóstico favorable de curación.
Asimismo, realizarse una mamografía para detectar posibles tumores en las mamas debería ser un examen de rutina en nuestra población femenina.
Consideramos que dada la infraestructura sanitaria que posee nuestra ciudad, se debe centralizar en un solo lugar. Por ello elegimos el Centro de Atención Primaria Ramón Carrillo, para que en determinados días y horarios, las vecinas sepan que cuentan con un equipo médico dedicado en forma exclusiva, a la prevención de estas enfermedades y que son prácticas sencillas que conllevan grandes beneficios.
Desde todo punto de vista la prevención es imprescindible. Por ello es necesario generar conciencia en la población femenina, ya desde la escuela secundaria, para que comprendan la importancia de realizarse estos estudios con periodicidad.
Por todo lo expuesto, solicitamos a las señoras y señores concejales, nos acompañen con su voto en este proyecto de ordenanza.
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