Procesan por usurpación a los ocupantes del asentamiento en Ruta 40

 Procesan por usurpación a los ocupantes del asentamiento en Ruta 40
Así fue dispuesto por el Juez Martín Lozada respecto de las personas acusadas de ocupar ilegalmente un predio cuya titularidad le corresponde a la municipalidad de Bariloche.
El juez de Instrucción en lo Penal 2, Martín Lozada, procesó por usurpación a los ocupantes del predio de Ruta 40 de titularidad de la Municipalidad de Bariloche.

El magistrado les atribuyó la comisión del hecho perpetrado antes del 31 de enero de 2012, ocasión en la que clandestinamente ingresaron al predio ubicado sobre la Ruta 40, cuya titularidad corresponde a la Municipalidad de San Carlos de Bariloche (NC 19-3C-C10-01A), donde dispusieron 24 carpas y 14 construcciones de madera sobre un sector ubicado en cercanías a “la cantera”.

El predio está sujeto a reiterados actos posesorios por parte de los vecinos del Barrio Las Chacras, así como de la localidad de Dina Huapi, quienes lo suelen utilizar como espacio recreativo.

Según el juez Lozada, el despliegue en cuestión "fue consumado a sabiendas y de modo premeditado por los procesados, quienes se valieron de una pluralidad de circunstancias que posibilitaron y facilitaron su afincamiento en el lugar. Entre ellas cabe contar, puntualmente, a la ausencia de terceras personas que pudieran impedirlo, o dar la voz de alerta a la autoridad policial; así como el franco acceso que posee el terreno en su frente a la playa del Lago Nahuel Huapi, el cual que permite su ingreso disimulado y sin llamar la atención”.

Concluyó Lozada que los procesados “lograron del modo antedicho despojar parcialmente de la posesión del inmueble a los muchos miembros de la Junta Vecinal Las Chacras, y otros vecinos de la localidad de Dina Huapi, al mantenerse hasta el día de la fecha en parte de su superficie. Y ello por cuanto se trata de un predio que, como se sostuviera, se encuentra destinado a ser utilizado como espacio público y recreativo”.

Dispuso, además, mantener la medida de no innovar dispuesta en fecha 28 de febrero de 2012 respecto del predio en cuestión, medida a partir de la cual ninguna persona se encuentra autorizada a desplegar una carpa o una construcción, como tampoco permanecer en el lugar con la finalidad de establecerse en su perímetro.

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