Se prevén cruces en el Senado por los cambios a la Ley de Fiscalía de Estado

Tiene preferencia para su evaluación en el encuentro parlamentario del jueves. El proyecto, iniciativa del Ejecutivo provincial, cuenta con media sanción de Diputados, cuerpo legislativo que lo aprobó en una conflictuada votación dividida.
Esta semana, el Senado provincial centrará su atención en un expediente que tiene preferencia para su tratamiento en la próxima sesión y que fue uno de los más debatidos y cuestionados cuando fue analizado, en abril pasado, por la Cámara de Diputados, cuerpo legislativo que le dio media sanción: el proyecto que prevé la modificación de la Ley Nº5853, legislación que regula el funcionamiento de la Fiscalía de Estado.

El proyecto, presentado por el Ejecutivo provincial en febrero pasado, establece una serie de modificaciones sobre la ley que establece el accionar de la Fiscalía de Estado. Por un lado busca que se deje en claro que los abogados de este cuerpo no pueden reclamar honorarios al Estado (sólo su remuneración); que se establezca con certeza el cómputo del plazo para recurrir las medidas cautelares, suspensiones de los efectos de los actos administrativos y las medidas autosatisfactivas dictadas contra el Estado provincial; y el cambio del órgano responsable de las ejecuciones fiscales. Esta última es la modificación pretendida que más posiciones enfrentadas encontró en Diputados y que repetirá el panorama en Senado.

Es que en este punto se busca que los juicios de apremios por cobro de los tributos, multas y sus accesorios, cuya aplicación, fiscalización o percepción esté a cargo de la Dirección General de Rentas de la Provincia queden en manos del Ministerio de Hacienda en detrimento de la Fiscalía de Estado.

Cuando la Cámara de Diputados estudió al tema no encontró consenso y eso se vio plasmado, primero en los dos disímiles dictámenes de la comisión de Asuntos Constitucionales (el de mayoría a favor y el de minoría en contra) y después en la sesión donde fue tratado.

Respecto del punto de que sea el Ministerio de Hacienda el que lleve adelante los juicios en lugar de la Fiscalía de Estado, los diputados que firmaron el despacho de mayoría habían asegurado que el proyecto busca organizar el cobro de los tributos en la Dirección General de Rentas. Ello “constituye un modelo de organización de la nueva administración”, habían afirmado.

Los diputados que firmaron, por ese entonces, el despacho en minoría en contra del proyecto habían señalado que “no sería conveniente” y explican su negativa desde el aspecto legal y el funcional.

Respecto del legal, el dictamen apuntó que “por imperio constitucional no se puede marginar al Fiscal de Estado de las ejecuciones fiscales, quien sigue siendo el responsable final de la representación judicial del Estado provincial y puede intervenir en todo juicio como parte legítima aunque se aprobara el proyecto en su redacción original”. Desde el punto de vista funcional, entendieron que no se cuenta con elementos suficientes para definir la conveniencia de uno u otro órgano del Estado

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