El proyecto fue remitido por el Ejecutivo a la Legislatura el viernes pasado. No prevé recomposición de haberes para los agentes de la administración pública provincial. Aseguran que tendrán prioridad si hay mayor recaudación.
De esta cifra global, $ 4.239.581.000 (90,3%) se financian con tesoro provincial y $ 455.266.000 (9,7%) con recursos de afectación específica.
El mensaje que antecede al proyecto de ley menciona: “Los gastos en personal representan el 54,3% del total de los recursos corrientes netos de las contribuciones a la seguridad social, el 61,2% del total de recursos corrientes netos de las contribuciones a la seguridad social y de coparticipación a municipios. Si se consideran el total de erogaciones significa un 33,5%”.
Pocos días después del ingreso a la Legislatura, el ministro de Economía, Diego Valiero, comentó: “Como todos los años, desde 2004 en adelante, los presupuestos tienen contemplado que los aumentos de salarios se darán con los mayores recursos por sobre los niveles presupuestados”.
Esto está fijado en el artículo 21 de la ley de presupuesto vigente, que establece un orden de prelación, donde los haberes de activos y pasivos del Estado provincial tienen prioridad.
En el proyecto para la norma que regirá los ingresos y egresos del Gobierno para el próximo período, figura una cláusula similar. Es el artículo 13º, que reza:
“Facultase al Poder Ejecutivo Provincial a ampliar el Presupuesto General de Gastos, Cálculo de Recursos o Fuentes Financieras que conforman esta Ley, con los mayores ingresos de recursos no afectados que se realicen sobre los estimados por la presente.
Los mayores recursos que resulten disponibles deberán destinarse prioritariamente a la implementación de una política de recomposición y/o incremento del salario de los agentes públicos, activos y pasivos.
Los recursos excedentes que pudieran producirse de lo dispuesto en el párrafo anterior, deberán ser afectados prioritariamente a la atención de los servicios de la deuda consolidada, de situaciones de emergencia social y de las erogaciones de las finalidades educación, seguridad y salud.
El Poder Ejecutivo deberá comunicar a esta Legislatura toda ampliación que realice conforme a este artículo”.
En detalle
Desagregando el total de gasto en personal según los poderes del Estado, se encuentra que el Legislativo insumirá $ 70.217.000 (el 1,5%), el Judicial $ 292.920.000 (6,24%) y el Ejecutivo (que comprende administración central, organismos descentralizados e instituciones de seguridad social) $ 4.331.710.000 (92,27%)
El artículo 7º del proyecto establece que la planta permanente de cargos de la administración pública llegará a 59.918 y que la cantidad de horas cátedra permanente serán 257.133. El personal temporario en la administración no podrá ser mayor a 3.206 cupos.


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