Diputados de la provincia aprobó el proyecto de ley que prevé abonar mensualmente alrededor de 1.900 pesos a toda persona privada de su libertad por asuntos políticos entre marzo de 1976 y diciembre de 1983. Falta la sanción definitiva en el Senado.
El proyecto es del diputado Alejandro Viadana (PJ) y en él se establece un “beneficio vitalicio de pago mensual para los hombres y mujeres que entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983 hayan sido privados de libertad en condición de civiles, por actos emanados de autoridades militares, haya habido o no sentencia condenatoria en este fuero. No se tomará en consideración para el otorgamiento de este beneficio el tiempo de detención”.
El beneficio se otorgará también “a quienes hayan sido privados de la libertad por orden de tribunales ordinarios en virtud de la aplicación de las leyes nº 20.642 y 20.840 de 1974 y 21.338 de 1976, y de cualquier otra ley, decreto o resolución dictados con similares finalidades, que hubieran permanecido como detenidas especiales por causas políticas en un marco violatorio de sus Derechos Humanos”.
Los requisitos para obtenerlo es haber tenido domicilio real en la Provincia de Mendoza al momento de haber sido privados de la libertad, y no contar con alguna prestación mensual o pensión de origen nacional, provincial o municipal derivada de la misma situación y que tenga similares características. El derecho a reclamar el beneficio es imprescriptible y se otorgará desde la fecha de su solicitud.
Por su parte, si el beneficiario ha fallecido, antes o después del reconocimiento del beneficio podrá solicitarlo "la viuda/o; el o la conviviente; los hijos menores de edad al momento del fallecimiento, y hasta la mayoría de edad; los hijos discapacitados sin límite de edad y/o los hijos incapacitados para el trabajo según comprobación de junta médica".
La norma establece que el Ministerio de Gobierno, por intermedio de la Dirección de Derechos Humanos o el organismo que la reemplace, será la autoridad de aplicación y que el monto de la pensión deberá ser "equivalente a la asignación de clase del personal de categoría 10, del agrupamiento administrativo y técnico, subtramo “personal de ejecución” de la ley nº 5.126 y modificatorias", es decir entre 1.800 y 1.900 pesos.
En los próximos días (aún se desconoce la fecha específica) el proyecto pasará a manos del Senado.
Comentá la nota